Resolución N° 53/18/0117
Nro de Expediente:
2016-3310-98-000172
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/5/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 40 (UNIDADES REAJUSTABLES CUARENTA) por falta de habilitaciones municipales como segunda reincidencia, al Sr. Humberto Rafael Trentini, C.I.: 4.482.652-6, propietario del establecimiento en infracción destinado a Taller Mecánico, sito en Cno. Corrales Nº 2750 (in situ Nº 2470/2744), Padrón Nº 69.844, por falta de habilitaciones del Servicio de Locales Industriales y/o Municipales, Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Plan de Gestión de Residuos, infracción al Art. 14 Sec. XIII, Núm. 1, Lit. A y Art. 22 del Decreto No. 21.626, Decreto No. 34.251 y Res. 2287/13.-

Montevideo, 23 de Mayo de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Taller Mecánico, sito en Cno. Corrales Nº 2750 (in situ Nº 2470/2744), Padrón Nº 69.844, perteneciente al Sr. Humberto Rafael Trentini, C.I.: 4.482.652-6;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el establecimiento referido se encuentra en infracción con las normas departamentales vigentes;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 40 por falta de habilitaciones del Servicio de Locales Industriales y/o Municipales, Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Plan de Gestión de Residuos, infracción al Art. 14 Sec. XIII, Núm. 1, Lit. A y Art. 22 del Decreto No. 21.626, Decreto No. 34.251 y Res. 2287/13;
        2o.) que por Resoluciones Nº 106/15/0117 de fecha 13 de mayo de 2015 y Nº 121/16/0117 de fecha 11 de mayo de 2016 se resolvió la aplicación de multas por falta de habilitaciones, lo que correspondería según informe del Sector Inspectivo aplicar una nueva sanción como segunda reincidencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        2o.) la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve por mayoría de 4 votos afirmativos y 1 voto negativo la aplicación de la multa correspondiente;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 40 (UNIDADES REAJUSTABLES CUARENTA) por falta de habilitaciones municipales como segunda reincidencia, al Sr. Humberto Rafael Trentini, C.I.: 4.482.652-6, propietario del establecimiento en infracción destinado a Taller Mecánico, sito en Cno. Corrales Nº 2750 (in situ Nº 2470/2744), Padrón Nº 69.844, por falta de habilitaciones del Servicio de Locales Industriales y/o Municipales, Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Plan de Gestión de Residuos, infracción al Art. 14 Sec. XIII, Núm. 1, Lit. A y Art. 22 del Decreto No. 21.626, Decreto No. 34.251 y Res. 2287/13.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejala Municipal