Resolución N° 200/17/0117
Nro de Expediente:
2016-1251-98-000115
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/12/2017


Tema:
MULTAS - CERCOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 4 (UNIDADES REAJUSTABLES CUATRO) a la empresa RAFAEL DEMARCO S.A. RUT 210.003.680.010, propietaria del padrón Nº 92.079 sito en Cno. Al Paso del Andaluz Nº 2753 por incumplimiento de lo intimado según Art. 3, Núm. 6, Secc II del Decreto 21.626 y Res. 2287/13.-

Montevideo, 20 de Diciembre de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la falta de cercado del padrón Nº 92.079 sito en Cno. Al Paso del Andaluz Nº 2753, propiedad de empresa RAFAEL DEMARCO S.A. RUT 210.003.680.010;

        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el padrón de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 4 por incumplimiento de lo intimado según Art. 3, Núm. 6, Secc II del Decreto 21.626 y Res. 2287/13;

        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 20 de Diciembre de 2017, resuelve por unanimidad la aplicación de la multa correspondiente;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 4 (UNIDADES REAJUSTABLES CUATRO) a la empresa RAFAEL DEMARCO S.A. RUT 210.003.680.010, propietaria del padrón Nº 92.079 sito en Cno. Al Paso del Andaluz Nº 2753 por incumplimiento de lo intimado según Art. 3, Núm. 6, Secc II del Decreto 21.626 y Res. 2287/13.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejala Municipal