Resolución N° 123/23/0112
Nro de Expediente:
2021-3230-98-001216
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/4/2023


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a INAU (INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY), RUT 214 446 570 012

Montevideo, 21 de Abril de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Joaquín de Salterain Nº 1268;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 06/12/21 se realizó inspección en la calle Joaquín de Salterain Nº 1268, constatando que sobre el muro medianero con el padrón Nº 101248 existe una importante mancha de humedad activa, asimismo en una pared perpendicular a la medianera y que separa un baño de un dormitorio al fondo se observa una humedad activa. Se presume que las afectaciones provienen de la instalación sanitaria de baños que se ubica en el padrón Nº 101248, por lo que se intimó al propietario del inmueble sito en la calle Joaquín de Salterain Nº 1270, padrón Nº 101248, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada;
    b) con fecha 03/07/2022 se realizó nueva inspección en la calle Joaquín de Salterain Nº 1268, constatando que la humedad sigue activa y sus dimensiones son más grandes que las descriptas en el informe anterior por lo que se intima nuevamente al propietario a realizar tareas de reparación;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a INAU (INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY), RUT 214 446 570 012, con domicilio a efectos legales en Piedras Nº 482, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Departamento de Secretaria General para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal