Resolución N° 279/18/0112
Nro de Expediente:
2017-3220-98-001043
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/7/2018


Tema:
DEJAR SIN EFECTO

Resumen:
Dejar sin efecto la resolución 192/18/0112 de fecha 12/04/2018 a la razón social TOMAS `LOPEZ VIDEGAIN CI 4.718.475-0 RUT 218005140019, sito en la calle 25 de Mayo No. 189.-

Montevideo, 2 de Julio de 2018.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a rotisería, propiedad de la empresa TOMAS LOPEZ VIDEGAIN CI 4.718.475-0, RUT 218005140019, sito en la calle 25 de Mayo No.189, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa que: a) el establecimiento de referencia fue multado por Resolución No. 192/18/0112 de fecha 12/04/2018 por carecer de validez la habilitación de Locales Comerciales por falta de habilitación del Servicio de Regulación Alimentaria, b) que la empresa presentó documentación referente a la habilitación, ante el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1, c) que la Dirección del mencionado Servicio considera de recibo los descargos presentados por la empresa, por lo que se solicita se deje sin efecto la multa de referencia, según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución No. 192/18/0112 de fecha 12/04/2018, a la empresa TOMAS LOPEZ VIDEGAIN CI 4.718.475-0, RUT 218005140019, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 para notificación al interesado, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal