Resolución N° 338/23/0112
Nro de Expediente:
2023-1001-98-000154
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/9/2023


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 35.00 (Unidades Reajustables treinta y cinco con cero centésimas) a ANEP (Administración Nacional de Educación Pública), RUT 212 472 100 013 e intimar el pago de la suma adeudada, $U 919.331,00 (pesos uruguayos novecientos diecinueve mil trescientos treinta y uno con cero centésimos)

Montevideo, 11 de Setiembre de 2023.-
 
    VISTO: estos obrados relacionados con la instalación de la barrera ubicada en la calle Piedras Nº 510, en la que es responsable ANEP (Administración Nacional de Educación Pública), RUT 212 472 100 013 con domicilio a efectos legales en Rincón Nº 690;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) por Resolución Nº 191/23/0112 de fecha 13 de Junio de 2023 la Administración Nacional de Educación Pública fue multada por comprobar que no tenía autorización para la instalación de la barrera;
    b) en una nueva inspección realizada se pudo comprobar que aún no tenía autorización para la instalación de la barrera, por lo que se solicita la aplicación de una multa de U.R 35.00 por barrera no reglamentaria, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Art. 3, Nral. 3, Lit. B, promulgado el 23/IV/84;
    c) asimismo la ANEP mantiene una deuda por un monto de $U 919.331,00 (pesos uruguayos novecientos diecinueve mil trescientos treinta y uno con cero centésimos) por el concepto antes mencionado;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 35.00 (Unidades Reajustables treinta y cinco con cero centésimas) a ANEP (Administración Nacional de Educación Pública), RUT 212 472 100 013 con domicilio a efectos legales en Rincón Nº 690, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada, $U 919.331,00 (pesos uruguayos novecientos diecinueve mil trescientos treinta y uno con cero centésimos), dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.-Pase a la Secretaría General para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal