Resolución N° 141/10/0112
Nro de Expediente:
3230-027858-10
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/12/2010


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar multa de U.R. 6.4776 al establecimiento destinado a restoran, propiedad de la empresa Carolina Ríos C.I. 2.904.746-9 y Marcos Gorar C.I. 3.357793-7, Sociedad de Hecho, R.U.T.215979970017, ubicada en Gonzalo Ramírez No. 2225

Montevideo, 16 de Diciembre de 2010.-
 
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a restoran, sito en la Avda. Gonzalo Ramírez No.2225, propiedad de la empresa de la Sociedad de Hecho Carolina Ríos, C.I. 2.904.746-9, y Marcos Gorar, C.I. 3.357.793-7, R.U.T. 215979970017, con igual domicilio a efectos legales;
RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitación municipal (Contralor de la Edificación e Instalaciones Mecánicas) y b) se solicita imponer una multa de U.R 6.4776 según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84; 2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO MUNICIPAL B
RESUELVE:
1.- Aplicar una multa de U.R. 6.4776 (Unidades Reajustables seis con cuatro mil setecientos setenta y seis diezmilésimas) a la empresa destinada a restoran, propiedad de la Sociedad de Hecho Carolina Ríos, C.I. 2.904.746-9, y Marcos Gorar, C.I. 3.357.793-7, R.U.T. 215979970017, sito en la Avda. Gonzalo Ramírez Nº 2225, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Centro Comunal Zonal No.2 comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.
Carlos Varela Ubal,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal