Resolución N° 319/16/0112
Nro de Expediente:
3220-010667-15
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/4/2016


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar multa de U.R. 20.00 a la Sra. Marta Salom Martínez y el Sr. Enrique Badaro Nadal, C.I. 1.125.106-8 y 1.448.973-7 respectivamente, propietario del inmueble sito en la calle Yi No. 1592, apto. 105.-

Montevideo, 21 de Abril de 2016.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Yi No. 1592, apto. 105;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa que: a) se intimó a los propietarios del inmueble sito en la calle Yi No. 1592, apto. 105, Sra. Marta Salom Martínez y el Sr. Enrique Badaro Nadal, C.I. 1.125.106-8 y 1.448.973-7 respectivamente, con domicilio a los efectos legales en la calle Yi No. 1592, apto. 105, a realizar las reparaciones necesarias a fin de solucionar los problemas que afectan gravemente las condiciones de habitabilidad de la finca sita en la calle Yi No. 1592, apto. 003, b) se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
      2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a la Sra. Marta Salom Martínez y el Sr. Enrique Badaro Nadal, C.I. 1.125.106-8 y 1.448.973-7 respectivamente, en su calidad de propietarios del inmueble sito en la calle Yi No. 1592, apto. 105, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal