Resolución N° 305/19/0112
Nro de Expediente:
2016-3220-98-000127
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
31/7/2019


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución No. 15/19/0112 de fecha 10/01/19, a la empresa ENRIQUE D´AGATA RIBEIRO, CI 995.047-2, RUT 212065190013

Montevideo, 31 de Julio de 2019.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a ÓPTICA, propiedad de la empresa ENRIQUE D´AGATA RIBEIRO, CI 995.047-2, RUT 212065190013, sito en la Av 18 de Julio No. 1327/1, con igual domicilio a efectos legales;
    RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) el establecimiento de referencia fue multado por Resolución No. 15/19/0112 de fecha 10/01/19, por no tener validez la Declaración Jurada de Microempresa por carecer de la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, b) que según consta en actuación 34, el local comercial cesó su actividad comercial, c) por tal motivo la Dirección del mencionado Servicio solicita se deje sin efecto la multa de referencia, según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
    2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución No. 15/19/0112 de fecha 10/01/19, a la empresa ENRIQUE D´AGATA RIBEIRO, CI 995.047-2, RUT 212065190013, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 para notificación al interesado, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal