Resolución N° 471/22/0112
Nro de Expediente:
2019-3220-98-000435
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/12/2022


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 7.00 (1ª reincidencia) a la COOPERATIVA DE VIVIENDA COVISUR 3, RUT 215 710 120 010

Montevideo, 13 de Diciembre de 2022.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la cooperativa de vivienda COVISUR 3, RUT 215 710 120 010 ubicada en la calle JULIO HERRERA Y OBES Nº 977;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) con fecha 23/06/2021 se multó a la cooperativa de vivienda COVISUR 3 por Resolución Nº 158/21/0112 de fecha 23/06/2021;
    b) con fecha 17/05/2022 se realizó nueva inspección en la cooperativa de vivienda COVISUR 3 constatando que el cerco perimetral del edificio no fue retirado;
    c) con fecha 23/08/2022 se intimó nuevamente a la COOPERATIVA DE VIVIENDA COVISUR 3 al retiro de la concertina metálica ubicada sobre el perímetro externo, otorgando 5 días hábiles;
    d) se solicita la aplicación de una multa de 7 UR (1ª reincidencia), según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 7.00 (Unidades Reajustables siete con cero centésimos) a la COOPERATIVA DE VIVIENDA COVISUR 3, RUT 215 710 120 010, PADRÓN Nº 6.552, en calidad de responsables de la edificación de la calle JULIO HERRERA Y OBES Nº 977, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal