Resolución N° 332/23/0112
Nro de Expediente:
2022-0012-98-000064
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/9/2023


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10.00 (Unidades Reajustables diez con cero centésimos) por 2ª reincidencia al Sr. Julio Ávila, C.I. 1.669.455-4, propietario del inmueble sito en la calle Arturo Lezama Nº 2093

Montevideo, 8 de Setiembre de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la ocupación de espacio público frente a la calle Arturo Lezama Nº 2093, propiedad del Sr. JULIO ÁVILA, C.I. 1.669.455-4, con igual domicilio a efectos legales;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) en inspección realizada se pudo comprobar que el Sr. Ávila se encontraba en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por ocupación de vereda con elementos dispuestos sobre acera y calzada por lo que se aplicó una multa de U.R. 5.00 por Resolución Nº 345/22/0112 de fecha 08/09/2022 y otra multa de U.R. 7.00 por Resolución Nº 99/23/0112 de fecha 16/03/2023 por 1ª reincidencia;
    b) en una nueva inspección se pudo comprobar que la situación permanecía incambiada, por lo que se intimó nuevamente a regularizar la situación;
    c) verificado el incumplimiento de lo intimado, correspondería aplicar una multa de U.R.10.00 (2ª reincidencia) según Decreto 21.626;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 10.00 (Unidades Reajustables diez con cero centésimos) por 2ª reincidencia al Sr. Julio Ávila, C.I. 1.669.455-4, propietario del inmueble sito en la calle Arturo Lezama Nº 2093, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal