Resolución N° 450/24/0112
Nro de Expediente:
2016-3220-98-000414 3220-004127-16
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/10/2024


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución Nº 353/21/0112 de fecha 16/12/2021, a la empresa TA TA S.A., RUT 210 003 270 017, sito en la calle Canelones Nº 888

Montevideo, 2 de Octubre de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a SUPERMERCADO, propiedad de la firma TA TA S.A. RUT 210 003 270 017, sito en la calle Canelones Nº 888, con igual domicilio a efectos legales;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) la empresa de referencia fue multada por Resolución Nº 353/21/0112 de fecha 16/12/2021, por carecer de la habilitación del Servicio de Regulación Alimentaria;
    b) según informa el mencionado Servicio, con fecha 08/06/2022 el sector de Regulación Alimentaria, informó que ya se encuentra tramitado lo solicitado, por lo que habría que dejar sin efecto la multa de referencia;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que la Dirección del Municipio B da conformidad a lo informado por el CCZ2, y solicita se deje sin efecto la multa de referencia;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución Nº 353/21/0112 de fecha 16/12/2021, a la empresa TA TA S.A., RUT 210 003 270 017, sito en la calle Canelones Nº 888, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación a la interesada, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal