Resolución N° 25/11/0112
Nro de Expediente:
3230-037526-10
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/2/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar multas de U.R. 19.4328 y U.R. 29.6820, al establecimiento destinado a taller de reparación de máquinas, sito en la calle Vázquez No. 1624, pertenteciente a la empresa Ulises Puig y Cía. S.A., R.U.T. 210156030012

Montevideo, 2 de Febrero de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a taller de reparación de máquinas, propiedad de la empresa Ing. Ulises Puig y Cía. S.A., R.U.T. 210156030012, sito en la calle Vázquez No. 1624, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resoluciones No. 241/10/3000 de fecha 16/03/2010 y No. 665/10/3000 de fecha 07/07/2010) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitación municipal (2a. reincidencia), Ministerio de Salud Pública y de la Dirección Nacional de Bomberos, b) se solicita imponer una multa de U.R 19.4328 y otra de U.R. 29.6820, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84; 2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.19,4328 (Unidades Reajustables diecinueve con cuatro mil trescientos veintiocho diezmilésimas) y otra multa de U.R.29,6820 (Unidades Reajustables veintinueve con seis mil ochocientos veinte diezmilésimas) a la empresa Ing. Ulises Puig y CIA. S.A., R.U.T. 210156030012, propietaria del establecimiento destinado a taller de reparación de máquinas, sito en la calle Vázquez Nº 1624, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, si las multas permanecieran impagas, el Servicio Centro Comunal Zonal No.2 comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de las mismas.-
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.
Carlos Varela,Alcalde .-

Federico Davérède,Concejal Municipal