Resolución N° 253/20/0112
Nro de Expediente:
2018-3220-98-000747
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/7/2020


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los Sres. PABLO MARTÍN SABAAG, DNI 2399 2569 y MARCELO PABLO IRADE, DNI 1823 9066

Montevideo, 13 de Julio de 2020.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle SARANDÍ Nº 490 APTO. 101;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que: a) se intimó a los propietarios del inmueble sito en la calle SARANDÍ Nº 490 APTO. 102, padrón Nº 4170/102, Sres. PABLO MARTÍN SABAAG, DNI 2399 2569 y MARCELO PABLO IRADE, DNI 1823 9066, con domicilio a efectos legales en CONSTITUYENTE Nº 1467 ESC. 1805, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca sita en la calle SARANDÍ Nº 490 APTO. 101, b) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    2º) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los Sres. PABLO MARTÍN SABAAG, DNI 2399 2569 y MARCELO PABLO IRADE, DNI 1823 9066, con domicilio a efectos legales en CONSTITUYENTE Nº 1467 ESC. 1805, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal