Resolución N° 297/22/0112
Nro de Expediente:
2020-3220-98-000560
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/8/2022


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución Nº 107/22/0112 de fecha 17/05/2022, a la empresa razón social MAUTONE PESCE Y MAUTONE HNOS, RUT 215 400 180 015, Sra. VIVIANA ALICIA PESCE OLIVERA, C.I. 2.614.132-3, sita en la calle ANDES Nº 1385/1387

Montevideo, 15 de Agosto de 2022.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la saliente desmontable ubicada en la calle ANDES Nº 1385/1387, padrón Nº 5015;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº2 informa que:
    a) que la empresa de referencia fue multada por Resolución Nº 107/22/0112 de fecha 17/05/2022, ya que la saliente desmontable de la cual es responsable no se ajustaba a las condiciones reglamentarias;
    b) que según informa el mencionado Servicio, con fecha 07/06/2022 se presentó la Arq. Mariana Pereira en representación de MAUTONE PESCE Y MAUTONE HNOS, a efectos de informar que la marquesina anteriormente mencionada ya ha sido retirada, por lo que se solicita se deje sin efecto la multa de referencia;
    c) que según informe del CCZ2, considera de recibo los descargos presentados por la interesada, por lo que habría que hacer lugar a lo peticionado;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución Nº 107/22/0112 de fecha 17/05/2022, a la empresa razón social MAUTONE PESCE Y MAUTONE HNOS, RUT 215 400 180 015, Sra. VIVIANA ALICIA PESCE OLIVERA, C.I. 2.614.132-3, sita en la calle ANDES Nº 1385/1387 con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al interesado y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal