Resolución N° 296/19/0112
Nro de Expediente:
2018-3230-98-000728
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/7/2019


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 40.00 (Unidades Reajustables cuarenta con cero centésimos) al Sr. Agustin Pablo Janssen Perez, CI 4.426.235-7 y Sr. Armando Alberto Janssen Casal, CI 1.428.267-2, en calidad de propietarios de la finca sita en la calle Pagola Nº 2209.-

Montevideo, 16 de Julio de 2019.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Pagola Nº 2209;
    RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa que: a) se intimó a los propietarios del inmueble sito en la calle Cufré Nº 2060, Padrón Nº 19809, Sr. Agustin Pablo Janssen Perez, CI 4.426.235-7 y Sr. Armando Alberto Janssen Casal, CI 1.428.267-2, con domicilio a los efectos legales en la calle 21 de setiembre Nº 2560 ap.1202, a realizar las reparaciones necesarias a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca sita en la calle Pagola Nº 2209, b) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 40.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 40.00 (Unidades Reajustables cuarenta con cero centésimos) al Sr. Agustin Pablo Janssen Perez, CI 4.426.235-7 y Sr. Armando Alberto Janssen Casal, CI 1.428.267-2, con domicilio a los efectos legales en la calle 21 de setiembre Nº 2560 ap.1202, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal