Resolución N° 326/16/0112
Nro de Expediente:
3220-002617-16
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/4/2016


Tema:
MULTA MESAS Y SILLAS

Resumen:
Aplicar una multa de UR 18 a la empresa Santa Catalina Ltda., Rut 212441410010, sita en Ciudadela Nº 1200

Montevideo, 28 de Abril de 2016.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Ciudadela No.1200, perteneciente a la firma Santa Catalina Ltda, R.U.T. 212441410010, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que en relevamiento realizado por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 el día 28 de enero de 2016, se constató la ocupación de mayor área que la autorizada por Resolución No. 245/13/0112 de fecha 23 de mayo de 2013;
      2º) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal Nº1 consideró que los descargos presentado no eran de recibo;
      3º.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 18.00, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 32.082, 21.626 y Art. D.2346.10 del Digesto Departamental;

      4º) Que el Concejo Municipal B manifiesta su conformidad;

      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 18.00 (Unidades Reajustables dieciocho con cero centésimas) a la firma Santa Catalina Ltda, R.U.T. 212441410010, responsable del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Ciudadela No.1200, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 a efectos de notificar al infractor.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal