Resolución N° 309/20/0112 | Nro de Expediente:
2019-3230-98-000100 |
MUNICIPIO B - GOBIERNO | Fecha de Aprobación:
10/9/2020 |
Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION
Resumen:
Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución Nº 222/20/0112 de fecha 23/06/2020, al Sr. HÉCTOR A. BADO VILLA, C.I. 1.441.621-7
Montevideo, 10 de Setiembre de 2020.- |
VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle PIEDRA ALTA Nº 1633-1635, padrón 288, propiedad del Sr. HÉCTOR A. BADO VILLA, C.I. 1.441.621-7, con domicilio a efectos legales en PALMAS Y OMBÚES Nº 5612;
RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que: a) dicho propietario fue multado por Resolución Nº 222/20/0112 de fecha 23/06/2020, por no solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca sita en la calle PIEDRA ALTA Nº 1637, b) que según informa el mencionado Servicio, con fecha 05/08/2020 se presentó el Sr. HÉCTOR A. BADO VILLA, C.I. 1.441.621-7, a efectos de informar que él es nudo propietario del referido inmueble, correspondiendo el usufructo del mismo a la Sra. MARÍA SARA MEDEROS SAINE, por lo que solicita se deje sin efecto la multa de referencia, c) que según informe del Aseror Letrado del Municipio b, Esc. Aldo Long, considera de recibo los descargos presentados por el interesado, por lo que habría que hacer lugar a lo peticionado, d) que la Dirección del Municipio b da conformidad a lo informado por el Esc. Aldo Long, y solicita se deje sin efecto la multa de referencia, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
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Carlos Varela,Alcalde.-
Soledad Martinez,Concejala Municipal | |
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