Resolución N° 28/21/0112
Nro de Expediente:
2020-3230-98-000216
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/2/2021


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8.00 a la empresa SURMAR LTDA, RUT 210 686 650 018, Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Inciso 16

Montevideo, 19 de Febrero de 2021.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la marquesina ubicada en la calle AV. 18 DE JULIO Nº 1563;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº2 informa que:
    a) con fecha 29/1/2020 se realizó inspección en la calle AV. 18 DE JULIO Nº 1563, Padrón Nº 852, y se comunicó que debería proceder a la regularización o retiro de la marquesina frente al local;
    b) con fecha 18/2/2020 se presenta el Sr. MIGUEL KAVEDJIAN, C.I. 1.603.493-0 en representración de la firma SURMAR LTDA solicitando una prórroga para desmantelar la marquesina;
    c) con fecha 22/7/2020 se otorga una prórroga de 30 días, bajo apercibimiento de una multa de U.R. 8.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Inciso 16, promulgado el 23/IV/84, notificándose la misma con fecha 29/7/2020;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 8.00 (Unidades Reajustables ocho con cero centésimos) a la empresa SURMAR LTDA, RUT 210 686 650 018, en calidad de responsable de la marquesina de la calle AV. 18 DE JULIO Nº 1563, padrón 852, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Rosauro San Román,Concejal Municipal