Resolución N° 243/17/0112
Nro de Expediente:
2016-0438-98-000012 0012-002433-16
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/2/2017


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Renovación de convenio educativo laboral (barrido manual de calles en zonas del territorio del Municipio b) entre ONG JUVENTUD PARA CRISTO y el MUNICIPIO b.-

Montevideo, 24 de Febrero de 2017.-
 
      VISTO: estas actuaciones relacionadas con el Convenio de Donación Modal a suscribirse entre este Municipio y la Asociación Civil "Juventud para Cristo" para realizar tareas vinculadas al barrido manual de calles en zonas del territorio del Municipio b;
      RESULTANDO: 1o.) que en la cláusula cuarta del Convenio suscrito por Resolución No. 570/16/0112 de fecha 23 de junio de 2016 se estableció que la Institución se obliga a cumplir puntualmente el modo a partir de la firma del convenio y por el término de 1 (un) año el que puede ser renovado por igual plazo, evaluación favorable mediante;
      2o.) que en informes del Jefe J2 Roberto Guido y del funcionario Richard Escobar, la evaluación ha sido favorable;
      3o.) que se elaboró el siguiente texto: RENOVACIÓN DE CONVENIO.- En la ciudad de Montevideo el ......... de ............... del dos mil diecisiete.- POR UNA PARTE: El Municipio B (en adelante el Municipio), con domicilio en la calle Joaquín Requena No. 1701, representado por su Alcalde Sr. Carlos Varela, C.I. 1.930.739-6.- POR OTRA PARTE: Asociación Civil “Juventud para Cristo(en adelante, la Asociación), representado en este acto por el Sr. ..............., titular de la cédula de identidad número ....................., en su calidad de Apoderado, constituyendo domicilio en la calle ................. Nº ........, R.U.T. .................. convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES.- En la Cláusula Cuarta del Convenio suscrito por Resolución No. 570/16/0112 de fecha 23 de junio de 2016, a fin de desarrollar tareas VINCULADAS AL BARRIDO MANUAL DE CALLES EN ZONAS DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO B, que implica: a.- Tareas de barrido manual, barrido de calles (cordones), carpido de cordones, limpieza del entorno de los contenedores, para el caso de aquellas zonas donde no se ha implementado el sistema de recolección lateral, levante de recolección rota y limpieza del entorno de los árboles, limpieza de papeleras en la vía pública solamente de aquellas que fueron colocadas por la Intendencia de Montevideo, b.- Tareas de levantes, levante del producido de la actividad de barrido manual, levante de basurales a mano, atención del sistema de reclamos SUR (levante de escombros, podas, muebles en desuso, etc.) levantes de todas aquellas tareas vinculadas al aseo público, se estableció que el mismo tendría una duración de 1 (un) año a partir de su firma, pudiendo ser renovado por un período igual. Teniendo en cuenta que el convenio vence el 31 de julio del corriente, es necesario efectuar su renovación.- SEGUNDO.- El Municipio y la Institución acuerdan renovar el convenio de referencia, por el período comprendido entre el 1 de agosto del 2017 y el 31 de julio del 2018, en las mismas condiciones que fuera acordado el convenio original.- Para constancia y en señal de conformidad se suscriben tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
      4o.) que la erogación de que se trata será atendida con cargo a las solicitudes SEFI No.197741 y 197742;
      CONSIDERANDO: 1o.) que el contrato se ortorgaría en el marco del art. 16 apartado IV y artículo 24 apartado IX, del Decreto JDM No. 33.209, que faculta a los Municipios a efectos de celebrar convenios con organizaciones e instituciones para la elaboración y gestión de proyectos de interés comunitario, y el art. 1o. lit. XIV, del Decreto JDM No. 33.322, que los autoriza a ordenar gastos por hasta el doble del monto máximo de la licitación abreviada.
      2o.) que el Concejo Municipal- Municipio B votó en sesión 265 de fecha 22 de diciembre de 2016 por unanimidad de integrantes (5 en 5), incluido el voto del Alcalde, la aprobación de la presente renovación de convenio;
      3o.) que se entiende pertinente proveer de conformidad;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.-Renovar por un período de 1 (un) año el convenio de donación modal con la Asociación Civil "Juventud para Cristo" para realizar tareas VINCULADAS AL BARRIDO MANUAL DE CALLES EN ZONAS DEL TERRITORIO DEL MUNICIPIO B, aprobado por Resolución No. 570/16/0112, de fecha 23 de junio de 2016, firmando nuevo convenio según numeral 3 del resultando de la presente Resolución.-
      2.- Establecer que la erogación de $ 4.308.771,00 (pesos uruguayos cuatro millones trescientos ocho mil setecientos setenta y uno con cero centésimos) será atendida con cargo a las Solicitudes SEFI Nº 197741 y 197742.-
      3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; Divisiones Comunicación y Políticas Sociales, Asesoría Jurídica, Servicios de Escribanía, Centro Comunal Zonal No. 1, Centro Comunal Zonal No. 2, Unidad Central de Presupuesto, Oficina de Gestión Presupuestal del Municipio B, y a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase a Contaduría General a sus efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal

Cristina Olivera,Concejala Municipal