Resolución N° 136/13/0112
Nro de Expediente:
3220-019052-12
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/3/2013


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9.6664 al Sr. Ademar Da Luz Celada, C.I. 1.310.454-8, por no ajustarse a la normativa del permiso de barrera sito en Avenida 18 de Julio frente al Nº 962.-.

Montevideo, 14 de Marzo de 2013.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de permiso de barrera para la obra sita en Avenida 18 de Julio No. 962 en la cual es responsable el Sr. Ademar Da Luz Celada, C.I. 1.310.454-8, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa que: a) con fecha 20 de diciembre de 2012 otorgó el permiso de barrera por un plazo de 30 (treinta) días, b) que el Sector Inspectivo del citado Servicio intimó a efectivizar el pago correspondiente al permiso de barrera, c) que de ante el incumplimiento de la normativa vigente, se solicita la aplicación de una multa de U.R 9.6664, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Art. 3, Nral. 3, Inc. B, promulgado el 23/IV/84;
      2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 9.6664 (Unidades Reajustables nueve con seis mil seiscientos sesenta y cuatro diezmilésimas) al Sr. Ademar Da Luz Celada, C.I. 1.310.454-8, responsable de la obra sita en Avenida 18 de Julio No. 962, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal