Resolución N° 241/20/0112
Nro de Expediente:
2016-0012-98-000174 3230-026127-15
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/7/2020


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Transferencia. Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas otorgada por Resolución No. 825/16/0112, de fecha 1 de diciembre de 2016, a la empresa razón social KFE KULTURAL S.R.L., R.U.T. 217422600013 y autorizar a la firma razón social Soc. de Hecho Costa Martinez, Diego Alejandro y Terragni Malian, Fabian Alessandro, a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, frente al local de la calle Edil Hugo Prato No. 2299.-

Montevideo, 13 de Julio de 2020.-
 
    VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento del local destinado a gastronomía, sito en la calle Edil Hugo Prato No. 2299;
    RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) la firma razón social KFE KULTURAL S.R.L., R.U.T. 217422600013 fue autorizada a colocar de mesas y sillas sin entarimado en la vía pública por Resolución No. 825/16/0112, de fecha 1 de diciembre de 2016, b) que la Dirección del mencionado Servicio informa que la empresa presentó nota para transferir el permiso de referencia, por lo que se solicita se deje sin efecto la autorización de mesas y sillas, según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
    2o.) Que la firma razón social Soc. de Hecho Costa Martinez, Diego Alejandro y Terragni Malian, Fabian Alessandro, CI 4.294.925-4 del nombrado en segundo término, R.U.T. 218444090016, propietaria del establecimiento que gira en el ramo de gastronomía en el local de la calle Edil Hugo Prato No. 2299, presentó solicitud ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, para que se la autorice a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando 8.12 metros cuadrados;
    3o.) Que, según informa el mencionado Servicio, la nombrada debería pagar mes a mes, como contraprestación, el importe de U.R. 4.00 (Unidades Reajustables cuatro con cero centésimos);
    4o.) que la autorización de mesas y sillas está condicionada a la presentación en un plazo de 5 (cinco) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 3; y b) al cumplimiento de lo dispuesto por Res. IM 19/20 art. 1º de 09.01.2020, los horarios de uso definidos de Abril a Octubre: Domingos a Jueves hasta la hora 24, Viernes, Sábados y vísperas de feriados no laborables hasta la 1:30 de la madrugada siguiente; de Noviembre a Marzo: Domingos a Jueves hasta la hora 1 de la madrugada siguiente, Viernes, Sábados y vísperas de feriados no laborables hasta las 2:30 de la madrugada siguiente, pudiendo revocarse la autorización de referencia en caso de no respetar la normativa; CONSIDERANDO: 1o.) que la petición se ajusta a las previsiones del Tít. I, Cap. II, Secc. VII -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS, SILLAS Y BANCOS EN LAS ACERAS”- del Lº X, Parte Legislativa, del Vol. X del Digesto Departamental, y del Capítulo IX -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS Y SILLAS CON O SIN ENTARIMADO EN LAS ACERAS Y CALZADAS”- del Tít. III de su Parte Reglamentaria;
    2o.) que en tal sentido se ha pronunciado el Sector Arquitectura del citado Servicio, quien recomienda hacer lugar a lo solicitado;
    3o.) Que la suma relacionada en el Resultando 3) es correcta, estableciendo el art. R.1288.43, lit. a), del cit. Vol. X del Digesto Departamental, y el art. 332, lit. a), del TOTID, que por la instalación de mesas y sillas en la acera y sin entarimados, se abonará mensualmente el importe de U.R. 0.50 por metro cuadrado;
    4o.) Que se estima conveniente disponer que el pago de los derechos se haga efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes;
    5o.) Que el Concejo Municipal - Municipio B ha prestado su conformidad al progreso de la petición en examen;
    6o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas otorgada por Resolución No. 825/16/0112, de fecha 1 de diciembre de 2016, a la empresa razón social KFE KULTURAL S.R.L., R.U.T. 217422600013, sita en la calle Edil Hugo Prato No. 2299, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Autorizar con carácter precario y revocable a la firma razón social Soc. de Hecho Costa Martinez, Diego Alejandro y Terragni Malian, Fabian Alessandro, CI 4.294.925-4 del nombrado en segundo término, R.U.T. 218444090016, a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando 8.12 metros cuadrados, frente al local de la calle Edil Hugo Prato No. 2299, donde se ubica el establecimiento de su propiedad, que gira en el rubro gastronómico, condicionado a la presentación en un plazo de 5 (cinco) días a partir de la notificación de un seguro de responsabilidad civil y el depósito de garantía equivalente a 3 (tres) meses del importe mensual fijado en el numeral 3; y al cumplimiento de lo dispuesto por Res. IM 19/20 art. 1º de 09.01.2020, los horarios de uso definidos de Abril a Octubre: Domingos a Jueves hasta la hora 24, Viernes, Sábados y vísperas de feriados no laborables hasta la 1:30 de la madrugada siguiente; de Noviembre a Marzo: Domingos a Jueves hasta la hora 1 de la madrugada siguiente, Viernes, Sábados y vísperas de feriados no laborables hasta las 2:30 de la madrugada siguiente, pudiendo revocarse la autorización de referencia en caso de no respetar la normativa;
    3.- Fijar en la suma de U.R. 4.00 (Unidades Reajustables cuatro con cero centésimos), el importe a pagar en concepto de derechos de ocupación, que se hará efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes.-
    4.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al interesado, comunicar al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal