Resolución N° 426/13/0112
Nro de Expediente:
3230-013130-11
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/9/2013


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 33.75 -1ra. reincidencia- al establecimiento destinado a gastronomía sito en la calle Acevedo Díaz No.1445, propiedad de la firma PAMARSIL S.R.L., R.U.T. 216703810013.-

Montevideo, 5 de Setiembre de 2013.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Acevedo Díaz No. 1445, perteneciente a la firma PAMARSIL S.R.L., R.U.T. 216703810013, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) la empresa está tramitando la autorización para instalar mesas y sillas en la vía pública, b) que el establecimiento de referencia debe presentar tributos al día a efectos de culminar dicha autorización, c) que al día de la fecha no presentó constancia de pago de tributos adeudados ni convenio de pago;
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 33.75, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 32.082, Art. D.2346/10 y Decreto No. 21.626 (1a. reincidencia);
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 33.75 (Unidades Reajustables treinta y trés con setenta y cinco centésimos) a la firma PAMARSIL S.R.L., R.U.T. 216703810013, responsable del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Acevedo Díaz No.1445, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 a efectos de notificar al infractor.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal