Resolución N° 180/22/0112
Nro de Expediente:
2021-3230-98-000060
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/6/2022


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30.00 (Unidades Reajustables treinta con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en la Avenida 18 de Julio Nº 1563, 1565 y 1567, padrón Nº 852

Montevideo, 28 de Junio de 2022.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con las fincas sito en la Avenida 18 de Julio Nº 1561;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 05/05/2021 se realizó inspección en la Avenida 18 de Julio Nº 1561, constatando una gran humedad proveniente de la medianera con el padrón Nº 852, la misma permanece emanando agua en forma constante y se intimó a la copropiedad del inmueble sito en la Avenida 18 de Julio Nº 1563, 1565 y 1567, Padrón Nº 852, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de las fincas mencionadas;
    b) con fecha 04/12/2021 se realizó nueva inspección en la Avenida 18 de Julio Nº 1561, constatando que las patologías se mantienen activas, notificando nuevamente a la copropiedad del inmueble padrón Nº 23023;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 30.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 30.00 (Unidades Reajustables treinta con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en la Avenida 18 de Julio Nº 1563, 1565 y 1567, padrón Nº 852, UNIDAD 001: María Vaneskehián, sin más datos; UNIDAD 002: sin datos; UNIDAD 101: V. Roibal, C.I. 1.029.236-4; UNIDAD 102: Miguel Kavedjián Vaneskehián, C.I. 1.603.493-0, UNIDAD 201: Marlene Giampietro Castillo, C.I. 1.079.432-8 y UNIDAD 202: Julián Eduardo Melián Malnero, C.I. 4.941.958-1, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal