Resolución N° 329/17/0112
Nro de Expediente:
2016-3230-98-000193 3230-017557-15
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/3/2017


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar multa de U.R. 18.00 por no levantar observaciones en la finca sito en la calle Guayabos Nº 1520, propiedad de la empresa razón social Mirtha Sabella, C.I. 3.783.189-0, R.U.T. 211923280012, con domicilio a los efectos legales en la calle Gabriel Pereira Nº 2837, apto. 202.-

Montevideo, 28 de Marzo de 2017.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la demolición en la finca ubicada en la calle Guayabos Nº 1520;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) al establecimiento de referencia se le ha intimado a levantar las observaciones indicadas en los informes de fechas 21/03/2016 y 16/09/2016, que lucen a fojas 23 y 24 y actuación número 6, b) que a la fecha no se han levantado las observaciones referidas en los citados informes, c) que por tal motivo se solicita imponer una multa de U.R. 18.00 según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección XIIX, Art. 14, Num. 2, Inc. A, promulgado el 23/IV/84;
      2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 18.00 (Unidades Reajustables dieciocho con cero centésimas) a la empresa razón social Mirtha Sabella, C.I. 3.783.189-0, RUT 211923280012, propietaria de la finca ubicada en la calle Guayabos Nº 1520, con domicilio a los efectos legales en la calle Gabriel Pereira Nº 2837, apto. 202, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal