Resolución N° 109/20/0112
Nro de Expediente:
2019-3220-98-000654
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/2/2020


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 25.00 al Estudo Ferber Arquitectos Asociados representadas por el Arq Ricardo Ferber CI 2.619.846-7, por barrera no reglamentaria sita en la calle 25 dee Mayo No. 667/683.-

Montevideo, 14 de Febrero de 2020.-
 
    VISTO: estos obrados relacionados con la obra sita en la calle 25 de Mayo No. 667/683, en la que es responsable la empresa ESTUDIO FERBER ARQUITECTOS ASOCIADOS, respresentados por el Arq Ricardo Ferber CI 2.619.846-7 con domicilio a los efectos legales en la calle Costa Rica No. 2002;
    RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa que: a) en inspección realizada se pudo comprobar que la barrera no era reglamentaria, b) se solicita la aplicación de una multa de U.R. 25.00 (1 UR por metro), y el pago de lo adeudado por el período del 08/09/2019 a la fecha de hacerlo efectivo, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Art. 3, Nral. 3, Lit. B, promulgado el 23/IV/84;
    2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
    CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
    2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Aplicar una multa de U.R. 25.00 (Unidades Reajustables veinticinco con cero centésimas) y el pago de lo adeudado por el período del 08/09/2019 a la fecha de hacerlo efectivo, a la empresa ESTUDIO FERBER ARQUITECTOS ASOCIADOS, respresentados por el Arq Ricardo Ferber, CI 2.619.846-7 con domicilio a los efectos legales en la calle Costa Rica No. 2002; por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal