Resolución N° 315/14/0112
Nro de Expediente:
3230-007702-14
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/6/2014


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 18.00 -1ra. reincidencia- y otra de U.R. 7.00 (total U.R. 25.00) a la empresa AGARIL S.A., R.U.T. 216637360019, sita en la calle San Salvador No. 2117, por no ajustar la barrera de obra a las condiciones reglamentaias y por utilizar como depósito de materiales a la vía pública.-

Montevideo, 27 de Junio de 2014.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados la obra sita en la calle San Salvador No. 2117/19 propiedad de la empresa AGARIL S.A., R.U.T. 216637360019, con domicilio a los efectos legales en la calle Juan Manuel Blanes No. 1315;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) en inspección realizada se pudo comprobar que no se ajustó la barrera de obra a las condiciones reglamentarias, b) se comprobó que se usó como depósito de materiales la vía pública, c) por lo que se solicita la aplicación de una multa de U.R. 18.00 -1a. reincidencia- y otra de U.R. 7.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Art. 3, Inc. B y Art. 4, Lit. B, Nral. 17, promulgado el 23/IV/84;
      2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 18.00 (Unidades Reajustables dieciocho con cero centésimos) y otra multa de U.R. 7.00 (Unidades Reajustables siete con cero centésimos), total U.R. 25.00 (Unidades Reajustables veinticinco con cero centésimos) a la empresa AGARIL S.A., R.U.T. 216637360019, con domicilio a los efectos legales en la calle Juan Manuel Blanes No. 1315, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal