Resolución N° 328/14/0112
Nro de Expediente:
3230-021159-13
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
17/7/2014


Tema:
DEJAR SIN EFECTO

Resumen:
Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución No. 190/14/0112, de fecha 22 de abril de 2014, al establecimiento empresa razón social Agustín Pablo Janssen Perez, C.I. 4.476.235, sito en la calle Lima No. 1509.-

Montevideo, 17 de Julio de 2014.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento del establecimiento sito en la calle Lima No. 1509, propiedad de la empresa razón social Agustín Pablo Janssen Perez, C.I. 4.476.235, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) el establecimiento de referencia fue multado por Resolución No. 190/14/0112, de fecha 22 de abril de 2014, por haberse comprobado que no se aportaron los recaudos solicitados y se demolió sin tener el permiso, b) que el Arquitecto Asesor Alejandro Viñas del Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 a fs. 40 informa que se padeció de error al sugerir la aplicación de la multa, c) que la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 se deje sin efecto la multa de referencia, según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      2o.) que el Concejo Municipal- Municipio B, manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.-Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución No. 190/14/0112, de fecha 22 de abril de 2014, a la empresa razón social Agustín Pablo Janssen Perez, C.I. 4.476.235, sita en la calle Lima No. 1509, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 para notificación al interesado, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal