Resolución N° 139/10/0112
Nro de Expediente:
3230-035115-10
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/12/2010


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar multas de U.R. 9.7164 y U.R. 14.8410 al establecimiento destinado a parking, ubicado en la calle Guayabo No. 1630, propiedad de la empresa unipersonal José Enrique Rizzo Garay, C.I. 2.947.586-6, R.U.T. 216320150010.

Montevideo, 16 de Diciembre de 2010.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a impresión parking, sito en la calle Guayabo No.1630, propiedad de la empresa unipersonal José Enrique Rizzo Garay, C.I. 2.947.586-6, R.U.T. 216320150010;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitación municipal (Locales Industriales y Comerciales) y b) solicita imponer una multa de U.R.9.7164 y otra de U.R.14.8410, según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        2o.) que el Concejo Municipal- Municipio B, manifiesta su conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL B
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.9.7164 (unidades reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y otra de U.R14.8410 (unidades reajustables catorce con ocho mil cuatrocientos diez diezmilésimas) a la empresa unipersonal José Enrique Rizzo Garay, C.I.2.947.586-6 R.U.T. 216320150010, propietaria del establecimiento destinado a parking, sito en la calle Guayabo No.1630, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
        3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos
Carlos Varela Ubal,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal