Resolución N° 240/11/0112
Nro de Expediente:
3230-004952-09
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/5/2011


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar multa de U.R. 19.7880 a la Sra. Camila Domínguez, C.I. 1.000.309-4, propietaria de la finca sita en la calle Salto No. 1075

Montevideo, 24 de Mayo de 2011.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Salto No. 1075, propiedad de la Sra. Camila Domínguez C.I. 1.000.309-4, con domicilio a efectos legales en la calle Rivadavia No. 2165;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) se intimó en reiteradas oportunidades a la propietaria de la finca perjudicante sita en la calle Salto No. 1075 a realizar pruebas hidráulicas de la instalación de desagües generales y en particular de la instalación sanitaria de la unidad 4 ubicada al fondo del padrón de la finca sita en la calle Salto No. 1075 y en caso de ser necesario realizar las reparaciones correspondientes y la limpieza y desobstrucción de las cámaras y la línea general de desagüe ubicada en el pasillo lateral, a fin de solucionar los problemas que afectan gravemente las condiciones de habitabilidad de la finca ubicada en la calle Isla de Flores No 1525, b) se solicita imponer una multa de U.R 19,7880, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
      2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.19,7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientos ochenta diezmilésimas) a la Sra. Camila Domínguez, propietaria de la finca ubicada en la calle Salto No.1075, con domicilio a efectos legales en la calle Rivadavia No. 2165, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.
Carlos Varela,Alcalde .-

Federico Davérède,Concejal Municipal