Resolución N° 287/21/0112
Nro de Expediente:
2019-3230-98-001467
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/10/2021


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a la empresa INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY, RUT 214 446 570 012, con domicilio a efectos legales en Piedras Nº 482

Montevideo, 28 de Octubre de 2021.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle LORENZO CARNELLI Nº 1078 UNIDAD 102;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 12/12/2019 se realizó inspección en la calle LORENZO CARNELLI Nº 1078 UNIDAD 102, constatando manchas de humedad que afectan la pared medianera, cercana a la zona de techo, pero sólo en pared, se produce desde cierta altura, cercana al techo, hacia abajo en la zona de pasillo de la vivienda, por lo que se intimó al propietario del inmueble sito en la calle LORENZO CARNELLI Nº 1084, padrón Nº 1962, INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada;
    b) con fecha 22/04/2021 se realizó nueva inspección en la calle LORENZO CARNELLI Nº 1078 UNIDAD 102, constatando que la problemática sigue incambiada, se intima nuevamente al propietario a realizar tareas de reparación;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a la empresa INSTITUTO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DEL URUGUAY, RUT 214 446 570 012, con domicilio a efectos legales en Piedras Nº 482, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Departamento de Secretaria General para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal