Resolución N° 237/20/0112
Nro de Expediente:
2017-3230-98-000334 3230-014673-14
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/7/2020


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución Nº 155/20/0112 de fecha 05/03/2020, a la empresa URULACT LTDA, RUT 215 140 390 015

Montevideo, 13 de Julio de 2020.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS LÁCTEOS, propiedad de la empresa URULACT LTDA, RUT 215 140 390 015, sito en la calle Arenal Grande Nº 2118/2120/2122, con igual domicilio a efectos legales;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que: a) el establecimiento de referencia fue multado por Resolución Nº 155/20/0112 de fecha 05/03/2020, por carecer de la Declaración de Gestión de Residuos No Domiciliarios, b) que ante la situación de emergencia sanitaria y la suspensión de la atención al público decretada oportunamente, la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 solicita se deje sin efecto la multa de referencia, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
    2º) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
    CONSIDERANDO: 1º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución Nº 155/20/0112 de fecha 05/03/2020, a la empresa URULACT LTDA, RUT 215 140 390 015, sito en la calle Arenal Grande Nº 2118/2120/2122, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para continuar trámite, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Soledad Martinez,Concejala Municipal