Resolución N° 108/17/0112
Nro de Expediente:
2016-3220-98-000422 3220-006214-10
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/1/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de 15 UR., Primera REINCIDENCIA, a la razón social ALICIA IVONNE BARRIOS LOPEZ, C.I. 1.555.393/1, RUT: 215415360014, con domicilio en la calle Ciudadela Nº 1363, con destino Rotisería.

Montevideo, 30 de Enero de 2017.-
 
      VISTO: presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Rotisería, propiedad de la razón social ALICIA IVONNE BARRIOS LOPEZ, C.I. 1.555.393/1, R.U.T. 215415360014, sito en la calle Ciudadela No. 1363, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa que: a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitación del Servicio de Regulación Alimentaria, b) se solicita imponer una multa de U.R. 15.00 según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84, c) en Primera Reincidencia;
      2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 15.00 (Unidades Reajustables quince con cero centésimos) a la empresa ALICIA IVONNE BARRIOS LOPEZ, C.I. 1.555.393/1, R.U.T. 215415360014, propietaria del establecimiento destinado a Rostisería, sito en la calle Ciudadela No. 1363, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido en el plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes en un plazo de 30 (treinta) dias, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones por reincidencia (Art 22 del Decreto 21.626) y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal