Resolución N° 253/23/0112
Nro de Expediente:
2022-3220-98-000385
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/8/2023


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) al PALACIO SALVO S.A., RUT 210 372 710 018.

Montevideo, 2 de Agosto de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Plaza Independencia Nº 848 Unidad 838;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 05/09/2022 se realizó inspección en Plaza Independencia Nº 848 Unidad 838, donde se presentan dos situaciones, desde la unidad Nº 838 se filtraba agua proveniente del sshh hacia la unidad Nº 738, situación que se ha solucionado con reparaciones de la red completa de abastecimiento y desagüe, con gestiones fuera de la órbita de la Intendencia. Asimismo no se observa humedad activa en cielorraso ni en muros de la unidad Nº 738. La unidad Nº 838 presenta humedad en el cielorraso del baño y la cocina, encontrándose activa y avanza afectando las dos habitaciones de servicios. Se encuentra en el ángulo izquierdo de la cocina afectando el muro lindero de estas dos habitaciones. Se presume que las filtraciones provienen de la unidad Nº 938 por lo que se intima al propietario del mismo a realizar prueba de estanqueidad de las instalaciones sanitarias de abastecimiento y desagüe y si las mismas determinan pérdidas, se deberá realizar las reparaciones correspondientes, a fin de solucionar las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada;
    b) con fecha 27/09/2022 comparece el Sr. Juan Odella representante de la inmobiliaria Al Sur, Administradora de la Unidad 938 padrón Nº 5844/938, a efectos de presentar informe técnico de la Arqta. Marta Alfaro por Sanitaria Patrón, donde manifiesta que se realizó prueba manométrica e hidráulica donde no se registran pérdidas;
    c) con fecha 07/11/2022 se realizó nueva inspección en Plaza Independencia Nº 848 Unidad 838 constatando que las afectaciones se están expandiendo gradualmente. Asimismo se observa a través de las ventanas, lo mencionado por la Liga Sanitaria, coincidiendo en que la degradación que poseen las fachadas interiores del edificio probablemente sea causa del problema de filtración, por lo que se intima a la copropiedad del padrón Nº 5844 a realizar las tareas necesarias para evitar las filtraciones hacia la Unidad 806, debiendo presentar ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informe realizado por técnico avalado por la Intendencia detallando los trabajos efectuados;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) al PALACIO SALVO S.A., RUT 210 372 710 018, con domicilio a efectos legales en Plaza Independencia Nº 848, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal