Resolución N° 175/24/0112
Nro de Expediente:
2022-3230-98-000076
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/4/2024


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 a los copropietarios del inmueble sito en la calle Juan D. Jackson Nº 1276, padrón Nº 15451 y U.R. 20.00 al propietario de la Unidad 203, padrón Nº 15451/203

Montevideo, 10 de Abril de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Juan D. Jackson Nº 1276;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 24/05/2022 se realizó inspección en la calle Juan D. Jackson Nº 1276, constatando problemas de pasaje de humedad en el baño y en el dormitorio que da al último patio. De acuerdo a lo que se pudo observar, las humedades del dormitorio se podrían deber a la cañería de desagüe y la de abastecimiento de agua que estaría roto. El revoque alrededor del sector por el que el caño ingresa a la pared hacia el baño, está coincidiendo con la humedad en el interior del dormitorio. En el caso del baño, la cañería suspendida del baño de planta alta, se puede ver pasaje de agua por el óxido y el goteo en el piso. La unidad 203 fue remodelada y ampliada recientemente. La ampliación habría sido ocupando parte de la azotea L2 y totalmente la K2. Considerando el poco tiempo que tendrían de concluidos los trabajos, se puede observar manchas de humedad en todos los techos de los ambientes: estar, dormitorio y baño. Al inspeccionar las azoteas, se pudo constatar que no se reparó totalmente sino que se aplicó membrana líquida sobre la antigua impermeabilización, colocando algunos parches de membrana y que las pendientes no desaguan correctamente, sino que quedan zonas donde el agua queda estancada. Asimismo los pases a través de las vigas no estarían bien resueltos al igual que el encuentro con los caños de bajada. En varios lugares se pueden ver yuyos. En otros puntos, donde llega el caño que desagua el agua del canalón de la ampliación de lo que es la nueva cocina de la unidad se puede ver retazos de membrana despegados, coincidiendo por donde está la humedad en el dormitorio de la unidad 103. Se sugiere intimar a la copropiedad para que solucione los pasajes de humedad tanto por las azoteas como por la pared hacia el último patio de ventilación, a la que ventila el dormitorio de la unidad 103, revisando los puntos por los que los caños de abastecimiento de agua al baño de la unidad 103 y el de desagüe ingresan a la pared al propietario. Y al propietario de la unidad 203 a que presente una prueba manométrica e hidráulica de las cañerías del baño de la unidad 203 por personal idóneo en la materia con firma registrada ante la Intendencia y en caso que se constaten pérdidas proceder a su inmediata reparación del inmueble, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada;
    b) con fecha 01/11/2022 se realizó nueva inspección en la calle Juan D. Jackson Nº 1276 Unidad 103, constatando que la situación permanece incambiada, se puede visibilizar que la humedad en el baño permanece activa. Dado que no se han registrado actuaciones tendientes a dar solución al problema, se sugiere aplicar la multa a la copropiedad del padrón Nº 15451 y a la Unidad 203;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en la calle Juan D. Jackson Nº 1276, padrón Nº 15451, UNIDAD 001: Élida Renée SOSA ÁLVEZ, C.I. 2.931.592-9, UNIDAD 002: sin más datos, UNIDAD 003: Henry Rodrigo DÍAZ RELOBA, C.I. 4.458.524-8, UNIDAD 004: Vilda MOREIRA DE MELLO, C.I. 1.505.380-6, UNIDAD 101: sin más datos, UNIDAD 102: Claudia Virginia y Ema Karina GARIBALDI PARODI, C.I. 3.353.251-5 y 4.157.413-5 respectivamente, UNIDAD 103: Fátima Beatriz OTORMÍN GUTIÉRREZ, C.I. 1.730.556-2, UNIDAD 104: Susana Ethel BALBUENA MALDONADO, C.I. 3.587.997-7, UNIDAD 201: Gonzalo DELGADO PORTEIRO, C.I. 1.895.969-1, UNIDAD 202: Carlos Jorge GUTIÉRREZ BAYARRES, C.I. 1.982.606-9, UNIDAD 203: MIGUEL ANGEL PANGALLO, C.I. 3.563.422-2, UNIDAD 301: Ayara HERNÁNDEZ HOLZ, C.I. 3.989.899-5, UNIDAD 302: 1) Marta Silvia YANES TOBLER, C.I. 949.588-8, 2) Sabrina y Fernando SAN VICENTE YANES, C.I. 1.536.247-5 y 1.912.607-1 respectivamente, con igual domicilio a efectos legales y una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) al propietario de la Unidad 203, padrón Nº 15451/203 Sr. Miguel Ángel Pangallo, C.I. 3.563.422-2, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal