Resolución N° 368/23/0112
Nro de Expediente:
2016-3230-98-002252
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/9/2023


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas sin entarimado en acera, otorgada por Resolución Nº 608/15/0112, de fecha 21 de Septiembre de 2015, a la empresa razón social Sebastián Bisignano Abreu, C.I. 4.690.961-0, RUT 217 416 850 011, sita en la calle Pablo de María Nº 1203

Montevideo, 28 de Setiembre de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de autorización de mesas y sillas sin entarimado en la vía pública;
    RESULTANDO: 1º) que la empresa razón social Sebastián Bisignano Abreu, C.I. 4.690.961-0, RUT 217 416 850 011, propietaria del establecimiento comercial destinado a gastronomía, que funciona en el local sito en la calle Pablo de María Nº 1203, con igual domicilio a los efectos legales, fue autorizada a instalar mesas y sillas en acera sin entarimado, por Resolución Nº 608/15/0112, de fecha 21 de Septiembre de 2015;
    2º) que, según informa el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, la empresa antes mencionada ha cambiado de razón social;
    3º) que ante lo manifestado, se solicita la revocación del permiso otorgado por infracción a lo dispuesto por Resolución Nº 4890/11, de los Dec. 32082 y 21626 y artículo D.2346.10 y D. 2346.11 del Digesto Departamental;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas sin entarimado en acera, otorgada por Resolución Nº 608/15/0112, de fecha 21 de Septiembre de 2015, a la empresa razón social Sebastián Bisignano Abreu, C.I. 4.690.961-0, RUT 217 416 850 011, sita en la calle Pablo de María Nº 1203, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al interesado y demás efectos.-
Isabel Zarrillo,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal