Resolución N° 33/25/0112
Nro de Expediente:
2024-3230-98-001209
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
5/2/2025


Tema:
DEJAR SIN EFECTO RESOLUCION

Resumen:
Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas en acera sin entarimado, otorgada por Resolución Nº 527/24/0112, de fecha 22 de noviembre de 2024, a la empresa razón social TUNALOR SAS, RUT 219 479 920 013

Montevideo, 5 de Febrero de 2025.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a gastronomía, perteneciente a la empresa TUNALOR SAS, RUT 219 479 920 013, sita en la calle José Enrique Rodó Nº 1830, con igual domicilio a los efectos legales;
    RESULTANDO: 1º) que la empresa antes nombrada fue autorizada a instalar mesas y sillas en acera sin entarimado, por Resolución Nº 527/24/0112, de fecha 22 de noviembre de 2024;
    2º) que, según informa el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, la empresa no se encuentra al día con el depósito en garantía ni posee seguro de Responsabilidad Civil por lo que se la intimó a la presentación de los mismos en un plazo de 5 días hábiles;
    3º) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la revocación del permiso otorgado por infracción a lo dispuesto por Resolución Nº 4890/11, de los Dec. 32082 y 21626 y artículo D.2346.10 y D. 2346.11 del Digesto Departamental y disponer el retiro inmediato de las mesas y sillas de la vía pública hasta tanto no se presente la regularización;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Dejar sin efecto la autorización para la instalación de mesas y sillas en acera sin entarimado, otorgada por Resolución Nº 527/24/0112, de fecha 22 de noviembre de 2024, a la empresa razón social TUNALOR SAS, RUT 219 479 920 013, sita en la calle José Enrique Rodó Nº 1830 con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, al Servicio Central de Inspección General y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificación al interesado y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal