Resolución N° 137/23/0112
Nro de Expediente:
2021-3220-98-000365
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/4/2023


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en la calle Andes Nº 1418, padrón Nº 134828

Montevideo, 21 de Abril de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Andes Nº 1418 unidad 004;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 25/09/2021 se realizó inspección en la calle Andes Nº 1418 unidad 004, constatando que las patologías que dieron origen a las presentes actuaciones se ubican en la cocina, el baño social anexo a la misma y dos habitaciones contiguas, las mismas podrían deberse a dos causas distintas, en cocina y baño social las superficies dañadas se perciben apenas húmedas mientras que en una de las habitaciones se perciben húmedas al tacto, el origen en común podría deberse a filtraciones que se dieron desde la bajada sanitaria que se ubica en el baño social, por lo que se sugirió intimar a los copropietarios del inmueble sito en la calle Andes Nº 1418, padrón Nº 134828, a realizar pruebas hidráulicas de dicha bajada sanitaria desde la PB hasta el nivel 4 y realizar tareas de mantenimiento en el patio I, a fin de solucionar los problemas que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca inspeccionada;
    b) con fecha 28/04/2022 se realizó nueva inspección en la calle Andes Nº 1418 unidad 004 constatando que la situación permanece incambiada, por lo que se sugiere proceder a la aplicación de la multa;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en la calle Andes Nº 1418, padrón Nº 134828, UNIDAD 001: 1) Fanny RAUDANSKI (sin más datos) y 2) Daniel, Leonardo y Ana Déborah OFSIEVICH RAUDANSKI (C.I. 1.703.417-9, 1.800.284-1, 1.800.179-3 respectivamente); UNIDAD 002: Rodolfo VILARDO LEDESMA y María Rosario CRUCHE VARELA (sin más datos); UNIDAD 003: Isabel CARRASCO PASCAL (C.I. 1.683.374-4); UNIDAD 004: Luis Eduardo ACEVEDO CENOZ (C.I. 1.482.778-9); UNIDAD 101: Mariano César FURMENTO (DNI argentino 16582125); UNIDAD 102: Nellie o Nelly BOTTINO (sin más datos); UNIDAD 201: Margarita Susana MAZZINI BLARDONE (sin más datos); UNIDAD 202: Rody CANCELA BENOIT (C.I. 1.326.018-8); UNIDAD 301: No se poseen datos; UNIDAD 302: Paula Gabriela TORTAJADA SÁNCHEZ y Luis Eduardo GONZÁLEZ KELIS (C.I. 3.319.720-8 y 3.019.455-4 respectivamente); UNIDAD 401: Ángel Alfredo CAFFA NEBULONI (C.I. 2.724.309-5); UNIDAD 402: Lourdes Rocío PRESSA PRESSA (C.I. 2.827.928-7); UNIDAD 501: De acuerdo a lo establecido en la modificación al Reglamento de Copropiedad la misma se dividió, creándose las unidades 503 y 504; UNIDAD 502: Sebastián ALDANO CASANOVA y Nataly Alejandra VÉLEZ SORDI (C.I. 4.113.813-1 y 3.179.159-9); UNIDAD 503: Nicolás FRANCO SCHICKE y Cecilia Lourdes GONZÁLEZ CLAVIJO (C.I. 4.256.700-0 y 4.419.636-6); UNIDAD 504: Pablo Enrique REBUFFO MONTANI (C.I. 2.973.895-3); UNIDAD 601: Silvia Marisa SANCRISTÓBAL FLORES (C.I. 2.014.816-5); UNIDAD 602: Luis Eduardo CATALDO LASALLE (C.I. 1.704.358-2); UNIDAD 701: Maura DE LOS SANTOS ROSA (C.I. 2.612.398-3), con domicilio a efectos legales en Andes Nº 1418, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal