Resolución N° 176/10/0112
Nro de Expediente:
3230-034263-10
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/12/2010


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar multa de U.R. 4.9470 al establecimiento destinado a salón de golosinas, sito en la calle Arenal Grande No. 1548, propiedad de la firma PEREZ y MENDEZ LTDA., R.U.T. 212921270018

Montevideo, 29 de Diciembre de 2010.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Salón de golosinas, sito en la calle Arenal Grande No.1548, propiedad de la empresa PEREZ y MENDEZ LTDA.,R.U.T.212921270018, con igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes por falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos y b) solicita imponer una multa de U.R. 4.9470 según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 4.9470 (Unidades Reajustables cuatro con nueve mil cuatrocientos setenta diezmilésimas) a la empresa Pérez y Méndez LTDA., R.U.T. 212921270018, propietaria del establecimiento destinado a Salón de golosinas, sito en la calle Arenal Grande Nº 1548, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de notificación de la presente resolución, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Centro Comunal Zonal No.2 comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.
Carlos Varela Ubal,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal