Resolución N° 192/24/0112
Nro de Expediente:
2022-3230-98-000720
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/5/2024


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) al propietario del inmueble sito en la calle MIGUELETE Nº 2273, PADRÓN Nº 34763, Sr. GUSTAVO FRANCISCO CABRERA BACHULE, C.I. 1.625.275-0.

Montevideo, 20 de Mayo de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Miguelete Nº 2269;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 25/01/2023 se realizó inspección en la calle Miguelete Nº 2269, constatando que la zona afectada se ubica en el pasillo de acceso a las unidades de PB, el mismo presenta manchas importantes de humedad, algunas activas al tacto, las que presentan desprendimiento de pintura y revoque en todo su recorrido a una altura aproximada de 1m. a 1.80m. desde el nivel de zócalo. El muro afectado es lindero con el padrón Nº 34763. No pudiendo ingresar al padrón mencionado, desde la calle se pudo observar que existe una diferencia de altura de 1.80m en el nivel de las unidades y del pasillo central. Se presume que las afectaciones constatadas puedan originarse en pérdidas de la instalación sanitaria del edificio, por lo que se intima al propietario del padrón Nº 34763 a presentar pruebas hidráulicas y manométrias de la instalación sanitaria del edificio avalada por un técnico habilitado por la Intendencia, a los efetos de verificar su buen funcionamiento, de encontrar perdidas, realizar los arreglos necesarios para evitar las filtraciones encontradas en la finca inspeccionada que afectan las condiciones de habitabilidad;
    b) con fecha 27/03/2023 ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, comparece el Arq. Mauricio Callicó informando que se realizaron pruebas hidráulias y manometricas no constatando descenso de la presión. Se informa también que en la unidad 001, padrón Nº 34763, existe una pileta en patio que linda con la medianera afectada, en la misma se visualizaron rajaduras en varios sectores que fueron reparadas;

    c) con fecha 27/07/2023 se realizó nueva inspección en la calle Miguelete Nº 2269, constatando que las patologías que existen en el muro medianero con el padrón Nº 34763, presentan diferentes características por distinas causas, por un lado se observa en distintos sectores del pasillo manchas por ingreso histórico de humedades de apariencia típica de ser de cimiento, se palpan secas al tacto, por otro lado se observan manchas por ingreso de humedad en la parte superior del muro divisorio y a nivel del cielorraso. En el primer tramo del pasillo al pasar al acceso del edificio, se observa afectaciones por ingreso de humedad que se acentúan de forma longuitudinal en el centro del muro, las mismas presentan desprendimiento de pintura y presencia de moho, se palpan apenas húmedas al tacto. Se sugiere aplicar la sanción correspondiente al propietario del padrón N 34763 por incumplimiento de lo intimado.

    d) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) al propietario del inmueble sito en la calle MIGUELETE Nº 2273, PADRÓN Nº 34763, Sr. GUSTAVO FRANCISCO CABRERA BACHULE, C.I. 1.625.275-0, con domicilio a efetos legales en la calle CHUCARRO Nº 1271/801, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal