Resolución N° 286/24/0112
Nro de Expediente:
2022-3230-98-000103
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/6/2024


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en Av. Uruguay Nº 1834/1832/1830, padrón Nº 14407

Montevideo, 28 de Junio de 2024.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en Av. Uruguay Nº 1824 unidad 003, padrón Nº 14408;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) con fecha 02/07/2022 se realizó inspección en Av. Uruguay Nº 1824 unidad 003. Según informe de la Arquitecta Asesora Tania Turren, se encuentran afectadas las condiciones de habitabilidad y/o estabilidad de las edificaciones del padrón de referencia por lo que se intimó al propietario del inmueble sito en Av. Uruguay Nº 1834/1832/1830, padrón Nº 14407, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de la finca mencionada;
    b) con fecha 23/05/2023 se realizó una nueva inspección en la calle Av. Uruguay Nº 1824 unidad 003. Según informe del Arquitecto Asesor Gervasio Suárez, aún permanecen afectadas las condiciones de habitabilidad y/o estabilidad de las edificaciones del padrón de referencia e indica que cumplido el plazo otorgado, en inspección anterior, a los titulares de la propiedad denunciada para realizar las reparaciones intimadas, no se dio cumplimiento a lo intimado;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en Av. Uruguay Nº 1834/1832/1830, padrón Nº 14407, Unidades 001 y 101, MARÍA CARMEN ROMERO ZAMORA, sin más datos, Unidad 002, COOPERATIVA DE LA PREVISIÓN SOCIAL DE CONSUMO, RUT 210 424 500 019, Unidad 102, EDWARD WALTER DE ANGULO AIZPÚN, C.I. 2.749.351-1, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, cumplido, comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal