Resolución N° 147/23/0112
Nro de Expediente:
2023-0012-98-000143
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/5/2023


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar el siguiente texto de convenio a suscribirse entre el Municipio B y la Asociación Civil "Datos, Acceso a la Información y Transparencia"

Montevideo, 3 de Mayo de 2023.-
 
    VISTO: que este Municipio manifiesta la necesidad de suscribir un convenio con la Asociación Civil "Datos, Acceso a la Información y Transparencia";
    RESULTANDO: 1º) que el Municipio B asume el compromiso en su Plan de Desarrollo 2020-2025 de llevar adelante un Plan de Cuidados a construir junto a los colectivos feministas, redes de cuidados, de personas mayores, de infancia y adolescencia, revalorizando la reproducción de la vida, la eco-dependencia y la corresponsabilidad como elementos centrales en el derecho a la ciudad. A partir del mismo se establece la necesidad de realizar un mapeo de servicios educativos, culturales recursos vinculados a la salud y al equipamiento urbano, marco en el que se inscribe el presente convenio. El mismo tiene como fin la democratización de la información existente así como la visualización de las propuestas estatales y comunitarias presentes en el Municipio B en relación a los cuidados;
    2º) que Data Uruguay trabaja en temas de gobierno abierto, datos abiertos, acceso a la información pública y participación a través del uso de tecnología cívica. Es una organización horizontal y basada en el consenso que promueve proyectos co-creados con organizaciones aliadas en Gobierno, Academia, Medios, Sociedad Civil o bien con la comunidad. El trabajo se realiza a través de herramientas de tecnología cívica en base a datos abiertos, eventos y redes nacionales e internacionales para la creación de herramientas y reuso de los datos abiertos y activismo en red con otras organizaciones de sociedad civil en pos de la promoción de los datos abiertos, la transparencia y el acceso a la información pública;
    3º) que el objeto de este convenio es desarrollar un proyecto conjunto a efectos de promover la participación, el acceso y la transparencia en la información siguiendo los principios de un gobierno democrático, abierto y de cercanía, para la iniciativa “Cuidados en el B”;
    4º) que la erogación de que se trata será atendida con cargo a la solicitud SPFI Nº 126059;
    CONSIDERANDO: 1º) que el contrato se otorgaría en el marco del art. 24, num.IX, del Decreto JDM No. 33.209, que faculta a los Municipios a efectos de celebrar convenios con organizaciones e instituciones para la elaboración y gestión de proyectos de interés comunitario, y el art. 1o. lit. XIV, del Decreto JDM No. 33.322, que los autoriza a ordenar gastos por hasta el doble del monto máximo de la licitación abreviada;
    2º) que el Concejo Municipal - Municipio B votó en sesión 478 de fecha 19 de abril de 2023 por unanimidad de integrantes (3 en 3), incluido el voto de la Alcaldesa, la aprobación de la presente renovación de convenio;

    3º) que se entiende pertinente proveer de conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Aprobar el siguiente texto de convenio a suscribirse entre el Municipio B y la Asociación Civil "Datos, Acceso a la Información y Transparencia": CONVENIO: En la ciudad de Montevideo a los .... días del mes de .... de dos mil veintitrés comparecen, POR UNA PARTE: el Municipio B, representado en este acto por la Sra. Silvana Pissano , C.I. ……….., en su carácter de Alcaldesa, con domicilio en esta ciudad en la calle Joaquín Requena Nº 1701, RUT 211 763 350 018 y POR OTRA PARTE: Asociación Civil ""Datos, Acceso a la Información y Transparencia"" (en adelante, Data Uruguay), representado en este acto por el Sr. ...., titular de la C.I. ...., en su calidad de ...., constituyendo domicilio en la calle Aconcagua Nº 4912 Unidad 303, RUT ...., convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: Antecedentes.- Data Uruguay es una asociación civil sin fines de lucro fundada en abril de 2012 con personería inscrita en la Dirección General de Registros del Ministerio de Educación y Cultura, bajo Inscripción Cte. No. 11/2013, del 22 de Febrero de 2013. Trabaja en temas de gobierno abierto, datos abiertos, acceso a la información pública y participación a través del uso de tecnología cívica. Es una organización horizontal y basada en el consenso que promueve proyectos co-creados con organizaciones aliadas en Gobierno, Academia, Medios, Sociedad Civil o bien con la comunidad. El trabajo se realiza a través de herramientas de tecnología cívica en base a datos abiertos, eventos y redes nacionales e internacionales para la creación de herramientas y reuso de los datos abiertos y activismo en red con otras organizaciones de sociedad civil en pos de la promoción de los datos abiertos, la transparencia y el acceso a la información pública. El Municipio B asume el compromiso en su Plan de Desarrollo 2020-2025 de llevar adelante un Plan de Cuidados a construir junto a los colectivos feministas, redes de cuidados, de personas mayores, de infancia y adolescencia, revalorizando la reproducción de la vida, la eco-dependencia y la corresponsabilidad como elementos centrales en el derecho a la ciudad. A partir del mismo se establece la necesidad de realizar un mapeo de servicios educativos, culturales recursos vinculados a la salud y al equipamiento urbano, marco en el que se inscribe el presente convenio. El mismo tiene como fin la democratización de la información existente así como la visualización de las propuestas estatales y comunitarias presentes en el Municipio B en relación a los cuidados. SEGUNDO: Objeto.- Desarrollar un proyecto conjunto a efectos de promover la participación, el acceso y la transparencia en la información siguiendo los principios de un gobierno democrático, abierto y de cercanía, para la iniciativa “Cuidados en el B”. TERCERO: Obligaciones de Data Uruguay.- a) Diseño de una metodología apropiada para el proyecto, identificación de datos necesarios y generación de lógicas de cálculo y procesamiento de datos. b) Apoyo técnico en la recolección de datos propios del Municipio B o disponibles de forma pública, limpieza y formato para ser ingeridos y utilizados o visualizados. c) Selección y configuración de plataformas y herramientas, recomendaciones técnicas sobre uso de plataformas y herramientas para publicación de información, visualización y apertura de datos. d) Capacitación en uso de herramientas y plataformas acordadas en estrategia al Municipio B. e) Creación de sitio web y visualizaciones para embeber en web o compartir por redes sociales, en base a herramientas definidas en la estrategia. f) Apoyo técnico al municipio B y armado en gestor de contenidos para carga de contenidos. g) Apoyo técnico en comunicación del proyecto en medios y canales propios, contacto con prensa y coordinación. h) Aporte en especias del 50% de las horas de trabajo, en base a un estimado de 250 horas dedicadas al proyecto, distribuidas en un equipo de tres personas. CUARTO: Obligaciones de Municipio B.- a) Supervisión y aprobación de las estrategias y desarrollos propuestos por Data Uruguay. b) Provisión de datos disponibles para utilizar en el proyecto y publicar como datos abiertos. c) Redacción y carga de contenidos para las plataformas elegidas y carga de los mismos según estrategia. d) Aporte de $U 185.000 (pesos uruguayos ciento ochenta y cinco mil) como único pago con la firma del convenio para cubrir las horas de trabajo necesarias para el cumplimineto de la propuesta. QUINTO: Vigencia del Convenio.- El presente convenio tendrá una vigencia de un año a partir de su firma. Podrá renovarse por igual período si las partes lo entienden pertinente. SEXTO: Renovación.- Al finalizar el convenio las partes podrán renovarlo de común acuerdo por igual período si lo considerasen conveniente. SÉPTIMO: Rescisión del convenio.- El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones por cualquiera de las partes, dará lugar a inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión del convenio. Se considerará que se ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión del convenio, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro de la duración de las actividades, no lo rectificara, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. OCTAVO: Coordinación.- Data Uruguay y Municipio B por medio de quien las partes designen, acordarán mecanismos de coordinación permanente a los efectos de facilitar la ejecución del presente Convenio. NOVENO: Mantenimiento.- Municipio B y DATA Uruguay acuerdan que el mantenimiento del proyecto se hará de forma conjunta. DÉCIMO: Prohibiciones.- Ninguna de las partes podrá ceder este convenio sin consentimiento previo, expreso y por escrito de la otra parte. DÉCIMO PRIMERO: Las partes acuerdan: a) Constituir domicilio en los indicados como suyos en la comparecencia. b) Cualquier notificación que deban realizarse las partes, se tendrán por válidamente efectuada, si la misma es hecha a los domicilios constituidos en este documento por medio de carta con aviso de retorno, fax, telegrama colacionado con acuse de recibo o cualquier otro medio que diera certeza a su realización. c) Pactar la mora automática; la cual se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por solo vencimiento de los términos establecidos, así como por realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. Y en prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite;
    2.-Establecer que la erogación de que se trata será atendida con cargo a la solicitud SPFI Nº 126059, por la suma de $U 185.000,00.-
    3.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, Divisiones Comunicación y Políticas Sociales, Asesoría Jurídica, Servicios de Escribanía, Centro Comunal Zonal Nº 1, Centro Comunal Zonal Nº 2, Unidad Central de Presupuesto, Oficina de Gestión Presupuestal del Municipio B, y a la Unidad Central de Auditoría Interna y pase a Contaduría General a sus efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal

Jorge Cossani,Concejal Municipal