Resolución N° 303/13/0112
Nro de Expediente:
3230-023074-12
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/6/2013


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar multa de U.R. 19.7880 a la Sra. Rosanna Di Paolo Ruocco y al Sr. Ricardo Fabián Di Paolo Ruocco C.I. 1.774.739-4 y 1.566.576-8 respectivamente, propietaria de la finca sita en la calle Hermano Damasceno No. 1791.-

Montevideo, 13 de Junio de 2013.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle Hermano Damasceno No. 1791;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) se intimó a los propietarios del inmueble Sra. Rosanna Di Paolo Ruocco y Sr. Ricardo Fabián Di Paolo Ruocco, con C.I. 1.774.739-4 y 1.566.576-8 respectivamente, con domicilio en la calle Hermano Damasceno No. 1791, a realizar las reparaciones necesarias a efectos de solucionar los problemas que afectan gravemente las condiciones de habitabilidad de la finca de su propiedad sita en la calle al inmueble sito en la calle Hermano Damasceno No. 1791, b) se solicita imponer una multa de U.R 19.7880, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3o., Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
      2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 1º.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.19.7880 (Unidades Reajustables diecinueve con siete mil ochocientos ochenta diezmilésimas) a la Sra. Rosanna Di Paolo Ruocco y al Sr. Ricardo Fabián Di Paolo Ruocco, con C.I. 1.774.739-4 y 1.566.576-8 respectivamente, con domicilio a efectos legales en la calle Hermano Damasceno No. 1791, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal