Resolución N° 107/23/0112
Nro de Expediente:
2023-3230-98-000198
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/3/2023


Tema:
MULTA MESAS Y SILLAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10.00 (Unidades Reajustables diez con cero centésimos), a la empresa GONZÁLEZ SILVEIRA MATHIAS Y GONZÁLEZ SANDES JULIO CÉSAR, RUT 216 816 440 017, responsable del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Convención Nº 1152

Montevideo, 21 de Marzo de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a gastronomía, perteneciente a la empresa GONZÁLEZ SILVEIRA MATHIAS Y GONZÁLEZ SANDES JULIO CÉSAR, RUT 216 816 440 017, sito en la calle Convención Nº 1152, con igual domicilio a los efectos legales;
    RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 418/15/0112 de fecha 3 de Julio de 2015, la empresa antes mencionada fue autorizada a instalar mesas y sillas en la acera sin entarimado, ocupando 12.42 metros cuadrados;
    2º) que en relevamiento realizado el día 09/02/2023 por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, se pudo comprobar que el espacio utilizado por mesas y sillas en la vía pública es mayor al autorizado, intimándosele a presentar en un plazo de 10 (diez) días en el mencionado Servicio, los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
    3º) que en una segunda inspección realizada con fecha 02/03/2023, se pudo verificar que la situación permanecía incambiada, intimando nuevamente al retiro de las mesas y sillas o la regularización de la situación;
    4º) que ante el incumplimiento de lo intimado de fechas 09/02/2023 y 02/03/2023 se solicita la aplicación de dos multas de U.R. 5.00, por infracción a lo dispuesto por Resolución Nº 4890/11, de los Dec. 32082 y 21626 y artículo D.2346.10 y D. 2346.11 del Digesto Departamental y disponer el retiro inmediato de las mesas y sillas de la vía pública hasta tanto no se presente la regularización;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 10.00 (Unidades Reajustables diez con cero centésimos), a la empresa GONZÁLEZ SILVEIRA MATHIAS Y GONZÁLEZ SANDES JULIO CÉSAR, RUT 216 816 440 017, responsable del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Convención Nº 1152, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Disponer el retiro inmediato de las mesas y sillas de la vía pública hasta tanto no se presente la regularización.-
    3.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
    4.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 a efectos de notificar al infractor.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal