Resolución N° 470/17/0112
Nro de Expediente:
2016-3220-98-000049
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/5/2017


Tema:
MULTA MESAS Y SILLAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 27.00 -2da. reincidencia- a la empresa MALABARES S.R.L., R.U.T. 10068584014, sito en la calle Aquiles Lanza Nº 1201, destinado a gastronomía.-

Montevideo, 29 de Mayo de 2017.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Aquiles Lanza Nº 1201, perteneciente a la empresa MALABARES S.R.L, R.U.T. 100.685.840.014, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº1, informa que : a) por Resolución Nº 717/16/0112 de fecha 12/10/16 se revocó la autorización para la instalación de mesas y sillas en la vía pública, por no haber presentado la documentación solicitada, b) que en relevamiento realizado por el mencionado Servicio, se pudo comprobar la ocupación de espacio público con mesas y sillas, intimándosele a presentar en un plazo de 10 (diez) días los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;

      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 27.00 (2da. reincidencia) por ocupación de espacio público, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 32.082, 21.626 y Art. D.2346.10 del Digesto Departamental y disponer el retiro inmediato de las mesas y sillas de la vía publica hasta tanto no se presente la regularización;

      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;

      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 27.00 (Unidades Reajustables veintisiete con cero centésimos) a la empresa MALABARES S.R.L., R.U.T. 100.685.840.014, responsable del establecimiento destinado a gastronomía, sito en la calle Aquiles Lanza No.1201, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No.2 a efectos de notificar al infractor.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal