Resolución N° 250/18/0112
Nro de Expediente:
2017-3220-98-001265
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/6/2018


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 6.00 -1ra. reincidencia- a la empresa BADEPAL S.A., R.U.T. 215981380019, con domicilio en calle Sarandí 580 por tener cartelería en la vía pública.-

Montevideo, 6 de Junio de 2018.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la cartelería en la vía pública instalada en el establecimiento empresa BADEPAL S.A, RUT 215981380019, sito en la calle Sarandí Nº 580, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 intimó a los propietarios del establecimiento de referencia a retirar la cartelería de la vía pública, en un plazo de 5 (cinco) días calendario;
      2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 6.00 (1ra. reincidencia), por infracción a lo dispuesto por el Decreto No 21.626;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 6.00 (Unidades Reajustables seis con cero centésimos) a la empresa BADEPAL S.A., R.U.T. 215981380019, responsables de la cartelería en la vía pública instalado en la calle Sarandí Nº 580, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido de inmediato, el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 a efectos de notificar al infractor.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal