Resolución N° 109/24/0112
Nro de Expediente:
2024-0012-98-000078
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/3/2024


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar el siguiente texto de convenio a suscribirse entre el Municipio B y la Universidad de la República - Facultad de Información y Comunicación

Montevideo, 11 de Marzo de 2024.-
 
    VISTO: que este Municipio manifiesta la necesidad de suscribir un convenio con la Universidad de la República - Facultad de Información y Comunicación;
    RESULTANDO: 1º) que el Municipio B en su Plan de Desarrollo Municipal 2020-2025 establece 7 compromisos a ser desarrollados en articulación con: los tres niveles de gobierno, los Concejos vecinales, la comunidad universitaria, colectivos, organizaciones sociales y diversas instituciones nacionales e internacionales, vecinas y vecinos de los ocho barrios del Municipio B;
    2º) que La FIC es el servicio académico de Udelar que se propone atender la información y la comunicación como objeto específico de estudio, para lo que desarrolla capacidades académicas en el marco de los programas de grado de sus tres carreras: Archivología, Bibliotecología y Comunicación, así como en programas de posgrado, investigación y extensión. Desde su instalación en el edificio actual la FIC ha desarrollado diversas actividades en la zona, articulando con instituciones del barrio y el Municipio B;
    3º) que el objetivo del presente Convenio es establecer un marco general para la cooperación, apoyo, reciprocidad e intercambio entre la FIC y el Municipio B, fomentando una mayor interacción entre las partes y promoviendo acciones conjuntas en beneficio de la comunidad en el espacio geográfico del Municipio;
    CONSIDERANDO: 1º) que el contrato se otorgaría en el marco del art. 24, num.IX, del Decreto JDM No. 33.209, que faculta a los Municipios a efectos de celebrar convenios con organizaciones e instituciones para la elaboración y gestión de proyectos de interés comunitario, y el art. 1o. lit. XIV, del Decreto JDM No. 33.322, que los autoriza a ordenar gastos por hasta el doble del monto máximo de la licitación abreviada;
    2º) que el Concejo Municipal - Municipio B manifiesta la aprobación del presente convenio;

    3º) que se entiende pertinente proveer de conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.- Aprobar el siguiente texto de convenio a suscribirse entre el Municipio B y la Universidad de la República - Facultad de Información y Comunicación: CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN: En la ciudad de Montevideo, el ..... del mes de ..... de dos mil veintidós, comparecen: POR UNA PARTE: Municipio B, RUT 211 763 350 018, con domicilio en la calle Joaquín Requena Nº 1701 de Montevideo, representado en este acto por la Arq. Silvana Pissano, C.I. 1.539.242-4 en su calidad de Alcaldesa (en adelante el Municipio) y POR OTRA PARTE: la Universidad de la República - Facultad de Información y Comunicación (en adelante FIC), representada por el Sr. Rector Rodrigo Arim Ihlenfeld, con domicilio en 18 de julio 1824 y la Sra. Decana María Gladys Ceretta, con domicilio en San Salvador 1944 de esta ciudad, quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES a) El Municipio B establece en su Plan de Desarrollo Municipal 2020-2025 establece 7 compromisos a ser desarrollados en articulación con: los tres niveles de gobierno, los Concejos vecinales, la comunidad universitaria, colectivos, organizaciones sociales y diversas instituciones nacionales e internacionales, vecinas y vecinos de los ocho barrios del Municipio B. Particularmente con la comunidad universitaria se propone la articulación en varios de dichos compromisos en relación a: 1) Participación en espacios de articulación para la construcción de espacios de formación y laborales dirigidos a las personas más vulneradas. 2) Propiciar proyectos e iniciativas innovadoras que aporten a la sustentabilidad ambiental en el territorio mediante la generación de alianzas con la comunidad universitaria a través de proyectos de investigación, extensión y enseñanza. 3) Fortalecimiento de la articulación del Municipio B con la comunidad académica para la preservación y promoción del patrimonio material e inmaterial. 4)Articulación con instituciones de la sociedad civil y la academia con el fin de brindar atención a personas afectadas por el racismo, la xenofobia y otras formas de discriminacion. 5) Puesta en marcha de un plan piloto contra el racismo, sexismo y xenofobia dirigido a centros educativos, en articulación con entidades públicas, sociedad civil y la academia. En este marco, se han realizado una variedad de convenios y coordinaciones con distintas facultades de la Universidad de la República que han contribuido al análisis y desarrollo de las políticas municipales. Las Facultades involucradas a la fecha en estas alianzas son las siguientes: Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo (componente Derecho a la Ciudad:bienes comunes y Construyendo vecindad: proyecto Mi escuela mi Barrio del Municipio B), Facultad de Ciencias Sociales (Componente Derecho a la Ciudad: Plan de Cuidados del Municipio B, Construyendo vecindad: proyecto Mi escuela mi Barrio del Municipio B, Componente Municipio de Cercanía: análisis de los procesos participativos del Municipio B), Facultad de Información y Comunicación (Construyendo vecindad: proyecto Mi escuela mi Barrio del Municipio B, Componente Patrimonio Vivo: Biblioteca Popular Morosoli Municipio B), Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación (Componente Patrimonio Vivo, Plan de Cuidados del Municipio B), Facultad de Ciencias Económicas y de Administración (Plan de Cuidados del Municipio B, Componente Derecho a la ciudad: comercios de barrio). b) La FIC es el servicio académico de Udelar que se propone atender la información y la comunicación como objeto específico de estudio, para lo que desarrolla capacidades académicas en el marco de los programas de grado de sus tres carreras: Archivología, Bibliotecología y Comunicación, así como en programas de posgrado, investigación y extensión. Desde su instalación en el edificio actual la FIC ha desarrollado diversas actividades en la zona, articulando con instituciones del barrio y el Municipio B. Entre estas actividades se encuentran: * Proyecto de investigación colaborativa “Cooperativa en red: tramas alternativas a la gentrificación” formulado por el Laboratorio Transdisciplinario de Etnografía Experimental (Labtee). * Investigación colaborativa en proceso de transformación de la Biblioteca José Morosoli, desde el Labtee; y proyecto “Reimpulsando la cultura: proyecto de extensión en la Biblioteca Popular Juan José Morosoli” desde el Departamento de Información y Sociedad. *Conducción y transmisión parcial del Cabildo del Municipio B realizado el 11 de mayo de 2022. * Trabajo común entre el Municipio B y la Sección Académica Comunicación Educativa y Comunitaria en la línea de trabajo Niños, Niñas y Ciudad. * Trabajo desde el curso Mapeos Comunicacionales en plazas y escuelas del Municipio B. * Trabajo articulado con la Escuela Nº16 Suecia, desde la unidad curricular EFI Laboratorio de Proyectos de Extensión. * “Aproximación al diseño participativo de aplicaciones educativas”, impulsado por el Proyecto CETA de la FIC, realizado en escuelas del barrio. * Articulación con diferentes equipos docentes a propósito del proyecto sonoro ALBA del Municipio B: Laboratorio de Patrimonio Audiovisual, unidad académica asociada de FIC, y visita al Sitio de Memoria Ex Cárcel de Cabildo del ciclo Comunicar la memoria a 50 años del golpe de Estado. Asimismo, se han realizado y se continúan realizando Espacios de Formación Integral (EFI) con docentes y estudiantes de las tres carreras que tienen como espacio de desarrollo barrios e instituciones del Municipio B. c) Ambas instituciones han manifestado su interés en promover y potenciar estas y otras actividades que sean de beneficio mutuo y para la comunidad en general. SEGUNDO: OBJETO El presente convenio tiene como objeto establecer un marco general para la cooperación, apoyo, reciprocidad e intercambio entre la FIC y el Municipio B, fomentando una mayor interacción entre las partes y promoviendo acciones conjuntas en beneficio de la comunidad en el espacio geográfico del Municipio. TERCERO: ACTIVIDADES A DESARROLLAR En el marco del presente convenio se podrán desarrollar actividades conjuntas en las siguientes líneas: * Desarrollo de proyectos de investigación y/o extensión conjuntos de docentes, estudiantes, egresados y/o funcionarios TAS de la FIC en coordinación con el Municipio B y/o instituciones u organizaciones de la zona. * Coordinación en actividades de coloquios, jornadas y seminarios en áreas de interés común. * Planificación de actividades conjuntas que permitan el acercamiento de la comunidad a instalaciones y servicios de FIC. * Articulaciones para la posible generación de espacios de prácticas pre profesionales para estudiantes de las tres carreras de FIC. * Proyectos o programas que permitan generar espacios de cuidados de manera coordinada. * Asesoramientos recíprocos sobre las temáticas de competencia de cada parte. * Cualquier otra colaboración de interés mutuo. CUARTO: IMPLEMENTACIÓN Para dar cumplimiento a los objetivos indicados ambas partes, de común acuerdo, elaborarán programas y proyectos de cooperación, en los que se especificarán las obligaciones que asumirá cada una de ellas en la ejecución de los mismos. La implementación y el desarrollo de actividades específicas basadas en el presente serán negociadas y acordadas por las partes y serán plasmadas por escrito en un acuerdo específico. Se sobreentiende que la implementación de alguno de los tipos de cooperación indicados en la cláusula tercera dependerá de la disponibilidad de recursos económicos de cada una de las partes implicadas. QUINTO: PARTICIPACIÓN DE TERCEROS Las partes, de común acuerdo, podrán solicitar la participación de terceros para colaborar con el financiamiento, ejecución u otro, a fin de lograr una mejor concreción de las actividades previstas en este convenio o de los proyectos con él relacionados. SEXTO: PROPIEDAD INTELECTUAL La FIC y el Municipio B serán cotitulares de la explotación de los productos creativos que se generen en el marco de este Convenio quienes tendrán el derecho de registrar, explotar, modificar, adaptar, traducir y disponer de cualquier forma y en cualquier tiempo de los productos resultantes, salvo manifestación en contrario de la contraparte expresada por nota fundada. Para ello, en el caso concreto y de acuerdo a la legislación nacional aplicable, se suscribirán documentos que resuelvan o aclaren la situación planteada, sin perjuicio de que la Universidad de la República se regirá por lo dispuesto en la Ordenanza de los Derechos de la Propiedad Intelectual aprobada por el Consejo Directivo Central con fecha 08 de marzo de 1994 y sus modificativas. SÉPTIMO: PLAZO El plazo del presente convenio será de dos años, renovable automáticamente por iguales períodos salvo manifestación en contrario de cualquiera de las partes, la que deberá realizarse con una antelación de sesenta días calendario y no podrá en ningún caso, verificarse hasta la culminación del correspondiente año lectivo. Lo antes mencionado es sin perjuicio de la evaluación y seguimiento de las actividades del Convenio, realizada por ambas Instituciones mediante informe escrito al finalizar cada año lectivo, la que, en caso de ser negativa, cualquiera de ellas podrá rescindirlo. OCTAVO: CONFIDENCIALIDAD Las partes se obligan a no revelar ni usar cualquier información a que hayan accedido como resultado o en ocasión del cumplimiento del presente Convenio. Toda información a la que tengan acceso los docentes y estudiantes que participen en las actividades objeto del presente convenio y sea relativa a las funciones que cumple el Municipio B son confidenciales y privativas de éste, por lo que la FIC, y en este caso ninguno de sus funcionarios, podrá sin el previo consentimiento escrito del Municipio B suministrar ninguna información a terceros. La obligación de Confidencialidad establecida precedentemente cesará: I) si la información recibida sea parte del dominio público, II) si la información haya sido transmitida sobre la base de no confidencialidad; III) si la información es solicitada por algún organismo gubernamental o jurisdiccional. NOVENO: DOMICILIOS ESPECIALES Los comparecientes constituyen domicilios a los efectos del presente Acuerdo en los indicados como suyos ut supra. Cualquier notificación que deban efectuarse las partes se tendrá por válida a todos los efectos si se efectúa a los domicilios constituidos en este documento, por medio de nota con aviso de retorno, telegrama colacionado, o cualquier medio idóneo que diera certeza de su realización. Y en prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
    2.-Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1, Central de Inspección General, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 y pase a la Dirección para su conocimiento.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal