Resolución N° 145/22/0112
Nro de Expediente:
2020-3230-98-000675
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/6/2022


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en la calle San Salvador Nº 2117, padrón Nº 23023

Montevideo, 16 de Junio de 2022.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con las fincas sito en la calle San Salvador Nº 2121 unidades 701 y 1001;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 informa que:
    a) con fecha 13/12/2020 se realizó inspección en la calle San Salvador Nº 2121 unidades 701 y 1001, constatando patologías sobre la pared lindera con el padrón Nº 23023 y se intimó a la copropiedad del inmueble sito en la calle San Salvador Nº 2117, padrón Nº 23023, a fin de solucionar los problemas de humedad que afectan las condiciones de habitabilidad de las fincas mencionadas;
    b) con fecha 16/04/2021 se realizó nueva inspección en la calle San Salvador Nº 2121 unidades 701 y 1001, constatando en la unidad 701, manchas de humedad en el living comedor con desprendimiento parcial de la capa de pintura, dicha mancha se percibe fría y húmeda al tacto. En la Unidad 1001 se replica el problema pero con menor gravedad, se comparte el diagnóstico realizado en el informe de fecha 13/12/2020 en cuanto a que el problema se encuentra en la junta entre ambos edificios, teniendo en cuenta que el edificio afectante es de reciente construcción, notificando nuevamente a la copropiedad del inmueble padrón Nº 23023;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) a los copropietarios del inmueble sito en la calle San Salvador Nº 2117, padrón Nº 23023, UNIDAD 101: Alejandra Mabel, Francisco Daniel y Claudia Gabriela ROSTÁN DÍAZ, C.I. 3.804.600-8, 3.473.160-7 y 2.515.578-5 respectivamente; UNIDAD 102: Mabel GARCÍA FERNÁNDEZ, C.I. 1.174.485-7, UNIDAD 201: Alejandro Daniel FRIED GINDEL, C.I. 2.913.244-6, UNIDAD 202: Gilianna JORCIN WERNER, C.I. 3.155.101-0; UNIDAD 301: Ana Rosa LIMA NÚÑEZ, C.I. 1.828.086-6, UNIDAD 302: Daniel DRINFELD ROSENBERG, C.I. 3.425.391-8; UNIDAD 303: Andrés BARRIOS CABRERA y Rosina GUERRA AMORÍN, C.I. 3.889.088-9 y 4.261.486-7; UNIDAD 401: Mirta Nelly SORIA CARACCIOLO, C.I. 754.462-9, UNIDAD 402: Andreas Erik Oscar SARHAGE y Silvana CORSANI, pasaportes alemán e italiano C4FRHCC0G3D y E-468746; UNIDAD 501: Alicia María URRESTARAZÚ PEREIRA, C.I. 1.338.743-5; UNIDAD 502: Andreas Erik Oscar SARHAGE y Silvana CORSANI, pasaportes alemán e italiano C4FRHCC0G3D y E-468746 respectivamente; UNIDAD 601: Griselda DE GREGORIO GARIBALDI y Aldo BEGHETTI MALNATI, C.I. 1.398.544-5 y 1.225.397-6; UNIDAD 602: Elías URIARTE LÓPEZ, C.I. 1.383.765-6; UNIDAD 701: Alejandra Juanita MATARREDONA DÍAZ, C.I. 3.690.515-5; UNIDAD 702: Alicia BATISTA ROJAS, C.I. 1.394.561-9; UNIDAD 801: Jonatan LIBERMAN JAKTER, C.I. 3.345.362-6; UNIDAD 802: Alba Lidia MARTÍNEZ FERREIRA y Ernesto Sebastián RUTING BLADEFF, C.I. 3.503.080-4 y 2.630.379-3; UNIDAD 901: Silvia PÉREZ DELGADO, C.I. 1.595.864-4; UNIDAD 902: Andreas Erik Oscar SARHAGE y Silvana CORSANI, pasaportes alemán e italiano C4FRHCC0G3D y E-468746 respectivamente; UNIDAD 1001 y 1002: Franzisca Melissa Marie Christine CARTWRIGHT, pasaporte alemán C4YMT4PT2, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 1 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal