Resolución N° 323/18/0112
Nro de Expediente:
2016-3230-98-000515
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/8/2018


Tema:
DEJAR SIN EFECTO

Resumen:
Dejar sin efecto la multa aplicada a la empresa Atenko Palladium, Rut 210281740011, por Res. Nº 243/18/0112 de fecha 06/06/18.

Montevideo, 3 de Agosto de 2018.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la habilitación de la barrera ubicada en la calle Mario Cassinoni Nº 1456 esquina Palmar;
      RESULTANDO: 1º.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 informa que: a) la empresa ATENKO PALLADIUM SA, RUT 210281740011, fue multado por Resolución No. 243/18/0112 de fecha 06/06/2018 por no haber gestionado la habilitación de la barrera regalmentaria; b) que la empresa presentó documentación referente a la habilitación, ante el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2, c) que la Dirección del mencionado Servicio considera de recibo los descargos presentados por la empresa, por lo que se solicita se deje sin efecto la multa de referencia, según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
      2º.) que el Concejo Municipal- Municipio B manifiesta su conformidad;
      CONSIDERANDO: 2º.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL B
      RESUELVE:
      1.- Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución No. 243/18/0112 de fecha 06 de junio del 2018, a la empresa ATENKO PALLADIUM SA., RUT 210.281.740.011, con domicilio a efectos legales en la Av. Don Pedro de Mendoza Nº 4676, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.- Pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 para notificación al interesado, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Eduardo Ulloa,Concejal Municipal