Resolución N° 247/23/0112
Nro de Expediente:
2022-3230-98-000261
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/7/2023


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) al propietario del inmueble sito en la calle INCA Nº 2078/2080, Padrón Nº 18206, Sr. ERNESTO OREGGIONI BENTANCOURT, C.I. 1.937.871-1.

Montevideo, 25 de Julio de 2023.-
 
    VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca sita en la calle INCA Nº 2070/2072/2074;
    RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 informa que:
    a) con fecha 05/10/2022 se realizó inspección en la calle INCA Nº 2070/2072/2074, constatando que se trata de un local comercial, donde se visualiza signos de humedad activa en la zona de acceso al depósito, en el tercio inferior del muro medianero con el padrón Nº 18206, evidentes por la presencia de manchas húmedas, hongos y deterioro a nivel de las terminaciones (pinturas descascarándose y revoque desgranado). La misma patología en menor magnitud se encuentra en el tercio inferior del muro interior paralelo al muro medianero ya mencionado. En las zonas más afectadas, las patologías llegan hasta alturas de aproximadamente un metro, por lo que a priori se descarta la posibilidad de que se trate únicamente de humedad de cimientos. Desde la azotea se puede observar el estado de abandono y el mal mantenimiento del padrón lindero Nº 18206, con sectores demolidos quedando un sector techado (volumen al frente) y varios sectores sin cubierta con algunos muros aún en pie. También se constata excesiva vegetación sin control ni mantenimiento. Coincidiendo con la localización de las afectaciones del padrón inspeccionado, se encuentra un volumen techado al frente, que no ocupa todo el ancho del padrón, sin cerramiento y sin piso terminado. Es probable que el origen de las afectaciones se encuentre en filtraciones a causa del mal estado del padrón Nº 18206. Por todo lo expuesto, se intima al propietario del padrón Nº 10206 a realizar las reparaciones y mantenimiento que den solución a los problemas de humedad por filtración a la finca inspeccionada que afectan las condiciones de habitabilidad;
    b) con fecha 04/02/2023 se realiza nueva inspección en la calle INCA Nº 2070/2072/2074, constatando en el muro medianero con el padrón Nº 18206, humedades desde el pavimento hasta el metro y medio de altura, la patología se encuentra activa, se observa desprendimiento de revoque y eflorescencias afectando las capas de terminación de los paramentos. Las humedades se encuentran en el sector del muro interior del local perjudicado y fondo abierto del padrón Nº 18206, se presume que las mismas provienen de la falla de la capa impermeable exterior de la medianera. El padrón antes mencionado, se encuentra desocupado, por lo que se puede observar la falta de mantenimiento en general que puede estar imposibilitando el correcto escurrimiento de pluviales por lo que se sugiere aplicar la sanción correspondiente al propietario del padrón Nº 18206;
    c) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita imponer una multa de U.R 20.00, según lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Artículo 3º, Numeral 12, Inciso A, promulgado el 23/IV/84;
    CONSIDERANDO: 1º) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamenteales;
    2º) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
    3º) que el Concejo Municipal - Municipio B, manifiesta su conformidad;
    EL GOBIERNO MUNICIPAL B
    RESUELVE:
    1.-Aplicar una multa de U.R. 20.00 (Unidades Reajustables veinte con cero centésimos) al propietario del inmueble sito en la calle INCA Nº 2078/2080, Padrón Nº 18206, Sr. ERNESTO OREGGIONI BENTANCOURT, C.I. 1.937.871-1, con domicilio a efectos legales en la calle Pte. Gral. Oscar Gestido Nº 2775, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
    2.-Intimar en un plazo de 30 (treinta) días calendario, a contar de la fecha de la notificación, como asimismo el pago de la suma adeudada la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa y el Servicio Centro Comunal Zonal emitirá testimonio.-
    3.-Pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2 para notificar al infractor, comunicar a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y demás efectos.-
Silvana Pissano,Alcaldesa.-

Juan Manuel Olazábal,Concejal Municipal