Resolución N° 312/13/0112
Nro de Expediente:
0012-002575-13
 
MUNICIPIO B - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/7/2013


Tema:
VARIOS

Resumen:
Delegar en la Directora Coordinadora del Municipio B, Sra. Andrea Callejas, C.I. 2.607.224-9, la competencia para ordenar gastos.-

Montevideo, 11 de Julio de 2013.-
 
          VISTO: que por Resolución No. 2521/13 se permite delegar a los Directores Coordinadores de Municipio las competencias para ordenar gastos, de acuerdo con el régimen previsto en el artículo 30 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF);
          RESULTANDO: 1o.) que amparados en el Decreto No. 32.322 de 26 de abril de 2010, los Gobiernos Municipales tiene la potestad de ordenar gastos en el ámbito de sus competencias, hasta el doble del monto máximo establecido para las licitaciones abreviadas;
          2o.) que la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación se expide de conformidad referente a la delegación de competencias por parte de los Alcaldes a los Directores Coordinadores de Municipio, en acuerdo con las autoridades departamentales y el aval del Asesor Jurídico de la Secretaría General;
          CONSIDERANDO: 1o.) que de conformidad con las previsiones de los Artículo 28, 29 literal b), 30 y 31 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF), los Gobiernos Municipales, en tanto ordenadores secundarios de gastos, pueden delegar la competencia para ordenar gastos en funcionarios de su dependencia, actuando bajo supervisión y responsabilidad del ordenador delegante, y sin perjuicio de que esos funcionarios puedan habilitar a titulares de provedurías y otros servicios dependientes a efectuar gastos menores o eventuales, con el límite máximo que se establece en el tercer inciso del citado Artículo 30;
          2o.) que igualmente, de acuerdo con el Artículo 31 del TOCAF, son ordenadores de gastos, además de los ordenadores de pagos, los Directores de los servicios administrativos o funcionarios autorizados al efecto, y sin perjuicio de delegar a su vez la facultad para ordenar los pagos, bajo su responsabilidad, en titulares de sus servicios dependientes, con el límite máximo allí establecido;
          EL GOBIERNO MUNICIPAL B
          RESUELVE:
          1.- Delegar en la Directora Coordinadora del Municipio B, Sra. Andrea Callejas, C.I. 2.607.224-9, las potestades o competencias para ordenar gastos, de conformidad con el régimen previsto en el Artículo 30 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).-
          2.- La Directora Coordinadora Sra. Andrea Callejas dispondrán de los mismos roles de acceso a los sistemas informáticos que poseen actualmente los Directores de los Servicios del Centro Comunal.-
          3.- Comuníquese a la Secretaría General, al Departamento de Recursos Financieros, a la División Tecnología de la Información, a la Contaduría General, a la Unidad Central de Auditoría Interna, y pase a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación a sus efectos; cumplido vuelva para su archivo.-
Carlos Varela,Alcalde.-

Federico Davérède,Concejal Municipal